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Los fiscales de Sevilla rechazan encarcelar a los insumisos

La fiscalía de Sevilla ha solicitado al fiscal general del Estado, Eligio Hernández, la retirada de la instrucción por la que se ordena a todos los fiscales que pidan el ingreso en prisión de los objetores que se nieguen a realizar el servicio militar o la Prestación Social Sustitutoria. La instrucción de Hernández pide también que los acusadores públicos se opongan a la suspensión de las condenas.La petición de los fiscales de Sevilla, acordada por mayoría en una junta -sólo se produjeron seis abstenciones-, considera que "no hay razón", para -solicitar por estos delitos las penas elevadas ordenadas por la Fiscalía General del Estado, "ni se demanda en la sociedad" que estas personas ingresen en la cárcel para cumplir condena. La Fiscalía sevillana acordó acogerse al artículo 27 del estatuto de la carrera fiscal, que regula el procedimiento a seguir en el caso de oposición a la decisión de un superior. El citado artículo establece que en ese caso el fiscal general resolverá- oyendo a la Junta de Fiscales de Sala.Eligio Hernández, ordenó el pasado 14 de mayo solicitar condenas mínimas de 18 meses de prisión para, los insumisos encausados por el antiguo Código de Justicia Militar, o de cuatro años, dos meses y un día cuando sea de aplicación el Código Penal común, lo que implica el ingreso obligatorio en prisión de los insumisos condenados.

Orden contestada

La orden de la Fiscalía General del Estado fue contestada en su día por la Unión Progresista de Fiscales, cuyo portavoz, Ladislao Roig, la calificó de "desproporcionada y excesiva la reacción penal para este tipo de delitos". Asimismo, la Junta de Fiscales del Tribunal Superior de Cataluña expresó con amplia mayoría (63 de los 72 fiscales que participaron en la junta) su rechazo a la orden de Hernández.La junta decidió acogerse también al artículo 27 de la carrera fiscal, al igual que hiciera posteriormente la junta de fiscales de Madrid, que también ha mostrado su rechazo a la instrucción.

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