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Un magistrado se niega a juzgar una falta porque fue el instructor del caso

El magistrado Jordi Seguí Puntas, titular del Juzgado de Instrucción número 1 de L'Hospitalet del Llobregat, ha comunicado al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña su decisión de abstenerse y no juzgar un delito de faltas por haber instruido el caso y considerar que no puede ser imparcial a la hora de celebrar la vista y dictar la sentencia. Éste es el mismo problema que se planteó a la hora de juzgar los delitos menos graves -sancionados con penas de hasta seis años de prisión- hasta que el Tribunal Constitucional instó a terminar con la práctica de que el mismo instructor juzgara la causa.La llamada reforma Múgica modificó lo tocante a los delitos menos graves creando los juzgados de lo penal, pero no hizo lo mismo con las faltas. Ahora, el juez de L'Hospitalet plantea el problema en un caso concreto en el que intervino como instructor tomando declaración al encausado. El juez alega que el interrogatorio es una prueba de carácter inquisitivo, lo que compromete su imparcialidad posterior a la hora de juzgar. En el escrito en que plantea su abstención, el magistrado añade: "A fin de prevenir y evitar que el acusado sea juzgado. por un órgano falto de imparcialidad, se hace necesario que aquella función sea enconmendada a otro órgano".

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