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Juzgado un militante de Hérri Batasuna que desertó en plena guerra del Golfo

El joven pamplonica Santiago Kiroga Astiz, de 22 años, fue juzgado ayer en el Tribunal Militar de Sevilla, acusado de un delito de deserción por el que el fiscal le pide seis meses de prisión. Kiroga, militante y ex candidato por Herri Batasuna (HB) al Parlamento navarro, no regresó tras un permiso al cuartel general de Melilla, donde cumplía el servicio militar, el 18 de enero de 1991, en plena guerra del golfo Pérsico.

En la vista oral celebrada ayer en la Capitanía de la Región Sur, Kiroga Astiz se mostró contrario a la actual ley de objeción de conciencia, que impide la objeción sobrevenida, e hizo ante el tribunal un alegato contra un Ejército que busca "la unidad nacional a base de armas", y contra un ordenamiento constitucional "que no respeta el derecho de autodeterminación de los pueblos". El presidente del tribunal, el coronel José Rojas Caro, interrumpió al joven en varias ocasiones espetándole: "Está usted aquí para defenderse, no para dar un mitin".Kiroga señaló que no se declaró objetor antes de incorporarse a filas -el 24 de mayo de 1990- por presiones familiares y laborales, pero que una vez en la mil¡ tuvo "todos los elementos de juicio". El militante de HB fue detenido en marzo de 1991 por la Policía Foral de Navarra y pasó un mes en la prisión de Alcalá de Henares.

El abogado de Kiroga, Agustín Martínez Becerra, fundamenté su defensa en la libertad para cambiar de opinión, en la realidad social del país y en la aplicación del "estado de necesidad". Martínez Becerra presentó como testigo a Fernando Biurrun, concejal de HB en Pamplona, quien protagonizó un incidente al comenzar su declaración hablando en euskera. El tribunal le advirtió que o hablaba en "español" o se le impedía testificar. Biurrun acató finalmente "hablar en castellano".

Investigación judicial

En Madrid, la Sección Sexta de la Audiencia Provincial ha estimado el recurso del Ministerio Fiscal contra la decisión del juez de instrucción número 38 de Madrid, Ramón Sáez Valcárcel, que archivó la querella del fiscal contra un objetor al servicio militar que se había negado a realizar la Prestación Social Sustitutoria en una organización de ayuda a minusválidos. El juez Sáez entendió que tal conducta no lesionó el bien jurídico de la defensa civil de España, por lo que no existe delito. La sala no comparte ese criterio y ordena al juez que investigue el delito.El tribunal fundamenta su resolución en que "el cumplimiento de la ley no puede quedar sujeto a las opiniones o creencias" y en que si no se penaliza la negativa a realizar la Prestación Social Sustitutoria del servicio militar "ello afectaría al principio de igualdad respecto a los demás ciudadanos". Ante la resolución de la Audiencia Provincial al juez Sáez sólo le cabe proseguir la investigación contra el objetor Fernando Velasco García y decidir la celebración de juicio oral o, en su caso, plantear una cuestión de constitucionalidad sobre el precepto a aplicar.

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