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Un código para la historia

El anteproyecto de nuevo Código Penal está sometido a debate en estos momentos. Que el Gobierno cumpla la promesa electoral efectuada en su día ha de producirnos satisfacción. Todos los penalistas anhelábamos un nuevo código desde que en 1978 se aprobó la Constitución. Primero, porque el actual no estaba ya para muchas reformas -aunque aguantó algunas e importantes de adaptación a los nuevos tiempos y a la Carta Magna, sobre todo las de 1983 y 1989-, y en segundo lugar, porque un Código Penal es una de las leyes políticas más importantes, al ser reflejo del sistema político vigente en el momento de su promulgación.Este que ahora comentamos tiene, si ello cabe, más importancia que los anteriores -el de Franco, el de la Segunda República, el de Primo de Rivera, el de nuestros liberales del último tercio del pasado siglo-, que en definitiva se inspiraban en el de 1848 -importante en su época-, que sustituía a su vez al de 1822, que apenas entró en vigor por deseo de aquel mal rey que se llamó Fernando VII, causante de muchos de los males que España sufrió desde entonces y que de deseado primeropasó después a ser indeseable para la mayoría de sus súbditos, que no ciudadanos.

Y tiene más importancia porque las anteriores eran simples reformas -unas, magníficas y progresistas, y otras, regresivas y funestas- de los que le precedían en el tiempo, y obedecían a los vaivenes políticos del momento, mientras que el actual es un código inspirado en una nueva filosofía y en una nueva concepción de los delitos y de las penas. Supone, desde este punto de vista, no una simple reforma, sino una auténtica ruptura, sin perjuicio, claro está, de mantener lo que no tiene por qué ser modificado.

Mas no es ésa la impresión que desde determinados sectores se está dando a la opinión pública.

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De hacer caso a esos sectores, parece que el nuevo códigosólo suscita interés por lo que a tres puntos se refiere: aborto -que el Gobierno prefiere dejar en suspenso al debate parlamentario-, cumplimiento de las penas por terroristas y narcotraficantes y la introducción del delito de difamación.

Y no es eso. No es mi intención analizar en este momento su articulado, por ser ello materialmente imposible. Pero en la parte general pueden destacarse como novedades más importantes los arrestos de fin de semana, los días multa, la nueva regulación de la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad y de la libertad condicional, así como la aplicación en determinados supuestos de medidas de seguridad.

Y en la parte especial, la nueva sistemática, la desaparición como delitos autónomos del infanticidio y el parricidio, los delitos contra la intimidad y la propia imagen, los relativos a la propiedad intelectual e industrial, los que afectan a los derechos de los trabajadores, delitos societarios, receptación y blanqueo de dinero, ordenación del territorio, contra los recursos naturales y medio ambiente, y los relativos a la caza y a la pesca y a la energía nuclear, sin agotar, como es lógico, el tema.

Por lo demás, el anteproyecto actual se inspira en el de 1983, que a su vez partía del de 1980. Estos dos últimos fueron sometidos a amplios debates y todos los tratados de derecho penal comentan los mismos, y el propio Ministerio de Justicia publicó varios tomos sobre las observaciones a su articulado. El de ahora, como es natural, introduce modificaciones con relación a los anteriores, consecuencia del paso de los años. Pero decir que el código nace en el más absoluto de los secretismos no deja de ser una afirmación gratuita.

Ello no quiere decir que su articulado no tenga que experimentar cambio alguno. Sus preceptos pueden y deben ser mejorados técnicamente, y sin duda el Parlamento así lo hará. Como serán útiles las aportaciones de la Universidad, colegios profesionales, Consejo General del Poder Judicial, Fiscalía General del Estado, asociaciones de jueces y fiscales, etcétera. Todo ello no hará sino enriquecerlo.

Uno desea que las Cortes Generales, teniendo en cuenta todo ello, lo mejoren. Y desea igualmente el mayor consenso dentro del marco parlamentario -incluido el aborto, difamación y tratamiento de los terroristas y narcotraficantes- para que este código sea de todos. Es de nuestra democracia, aunque la iniciativa sea de quien en este momento gobierna, y que por ello dejará su huella en la historia.

Pero no seamos destructivos. No minimicemos una importante obra iniciada en 1980 y que está a punto de culminar. Aportemos todos lo que podamos aportar y demos gracias a los insignes penalistas que han contribuido a la redacción de los diferentes textos. Bienvenido sea el nuevo Código Penal. Por su importancia y su dimensión histórica.

Juan José Martínez Zato es fiscal del Tribunal Supremo.

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