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TRIBUNALES

Reducida la indemnización a una alumna fallecida durante un curso de inglés

La Audiencia Provincial de Madrid ha reducido a la décima parte una indemnización de cuatro millones de pesetas que debía pagar la empresa de cursos de inglés Yago School Limited a la madre de una alumna española que sufrió un atropello mortal en Dublín sin que la empresa hubiera cubierto el seguro anunciado.

La Sección Octava de la Audiencia ha reducido la indemnización de cuatro millones fijada por la juez de primera instancia a 416.659 pesetas. La sentencia de primera instancia declaró probado que Yago School había ofrecido en su publicidad "un seguro individual para cada alumno que cubre durante el curso todo tipo de enfermedades, accidentes y medicinas", pero, según la sentencia, la alumna "no tenía concertado ningún tipo de seguro" que cubriera tales riesgos. María del Carmen Morales Flores, de 25 años, se inscribió para el curso a celebrar en Dublín en 1982. Iniciado el curso, fue atropellada por una furgoneta y falleció.La juez María Jesús Alia Ramos entendió que la empresa debía responder "de las consecuencias derivadas del incumplimiento contractual", ya que su oferta publicitaria se comprometía a asegurar unos riesgos que no quedaron cubiertos. En atención a las circunstancias de la fallecida, soltera y estudiante de quinto de Derecho que vivía con su madre, fijó la indemnización en cuatro millones de pesetas "más los intereses legales devengados desde 1982", cantidad que la juez estimó "moderada, justa y adecuada".

Yago School recurrió en apelación y la Audiencia de Madrid ha decidido reducir la indemnización a la décima parte, pese a que la sentencia considera "perfectamente delimitada" la responsabilidad contractual y estima irrelevante que la alumna fuera o no becaria, ya que no consta la entidad otorgante de la beca".

Desconocimiento

En la sentencia, los magistrados dicen desconocer "los límites cuantitativos del seguro obligatorio en Irlanda", y añaden que tampoco constan "los riesgos y cuantía de los seguros de los restantes alumnos para caso de accidente". Al no poder averiguar estos datos, los magistrados Juan Calvente, José de Asís Garote y Mariano Rodríguez Estevan han optado por "atender al Rato objetivo de la cantidad fijala para estos casos en la legislalón española, al ser éste el lugar ¡el juicio y radicar en esta capital el perjuicio sufrido".En consecuencia, la sentencia plica los baremos del seguro obligatorio vigentes en la fecha -el fallecimiento y Fija la indemnización en 750.000 pesetas "sin intereses legales desde la fecha de la demanda, sino desde esta sentencia". De esta cantidad, los magistrados consideran que deben descontarse las 333.341 pesetas de gastos pagados por Yago chool por el traslado del cadáver, los billetes de avión de ida y vuelta de dos familiares de la fallecida, sepelio y asesoramiento legal, con lo que la indemnización queda así reducida a 416.659 pesetas.

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