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La Bolsa de Madrid regula las operaciones a crédito y la información al mercado

El Boletín de la Bolsa de Madrid recogió ayer, primera jornada bursátil del año, varias circulares fechadas el 28 de diciembre de 1990 que afectarán a la contratación en el mercado de valores madrileño, en los apartados de crédito en operaciones de contado, mercado de picos y comunicación, por parte de las sociedades, de hechos considerados relevantes. La primera jornada bursátil de 1991 tuvo el mismo tono apagado con el que acabó el año.

La sesión de ayer se caracterizó por el escaso volumen de negocio, la irregularidad y el predominio de las ventas.Con respecto al sistema de crédito en operaciones bursátiles de contado, la circular de la Rectora de la Bolsa de Madrid que preside Pedro Guerrero fija como extremos más significativos la obligación de las sociedades de valores y, bolsa miembros de Ja plaza -que deberán actuar por cuenta de terceros- de establecer con una periodicidad mínima semanal las condiciones que aplicarán a los préstamos de compra o venta de valores, así como el número mínimo de títulos que deberá comprender la operación (500).

Asimismo, la circular detalla las garantías -dinerarias y en efectivo- que deberán aportar las sociedades de valores y bolsa para operar en el sistema. De esta forma, las sociedades deberán aportar, como garantía inicial para llevar a cabo la operación de compra o venta a crédito el 50% de su importe.

Además, y sobre el precio inicial, las sociedades deberán satisfacer garantías complementarias, también en efectivo, de al menos un 15% para cubrir las oscilaciones al alza o a la baja en las cotizaciones de los valores afectados.

Los títulos adquiridos con crédito deberán ser depositados por la sociedad de valores interviniente en la operación en otra sociedad de valores o entidad depositaria habilitada a tal fin en el registro que abrirá la Rectora.

Mercado 'de picos'

En cuanto al mercado de picos -cantidades de títulos menores a los lotes que se negocian habitualmente- la circular establece que en ningún caso la negociación de los mismos podrá variar en más de un 5% el precio máximo o mínimo negociado en el mercado de lotes. La circular cierra así el camino a la posibilidad de manipular los precios significativarnente con un número muy limitado de acciones.

En el caso de la circular que afecta a la comunicación de hechos relevantes por parte de las sociedades cotizadas, ésta establece que el incumplimiento de los deberes de información al mercado -sobre extremos diversos como la modificación de criterios contables, hipotéticos acuerdos con grupos nacionales o internacionales, aumentos de capital social, emisiones de renta fija etcétera- la negociación de los títulos de la sociedad podrán ser suspendida.

Con el nuevo año han entrado en vigor también las nuevas tarifas que aplicarán las Bolsas españolas durante un ejercicio que, según los especialistas, estará marcado por los menores volúmenes de contratación y, consiguientemente, por menores ingresos para las Rectoras.

Los nuevos precios, aprobados por la Comisión del Mercado de Valores oscilan en el caso de la contratación entre cero y 315 pesetas de canon para las operaciones por un importe superior a 50 millones de pesetas. Los costes de liquidación, por su parte, oscilarán entre la gratuidad para las operaciones inferiores a 5.000 pesetas y las 250 pesetas para las que superen los 50 millones.

Por permanecer en el mercado, las sociedades cotizadas pagarán un 0,06 por mil de su valor en bolsa a 1 de enero.

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