Condenados a 37 años los cuatro líderes de la secta Ceis acusados de proxenetismo e intrusismo
La Audiencia, de Barcelona ha condenado a 10 años de prisión a Vicente Lapiedra Cerdá, líder de la secta Centro Esotérico de Investigaciones (Ceis), por los delitos de intrusismo e inducción a la prostitución. Las penas impuestas por los mismos delitos a los otros tres procesados, David Gómez Gamero, Ricardo Clavero Holland y José Luis Isern, se elevan a nueve años de cárcel, mientras que el quinto acusado, Antonio Rodríguez Borrego, ha sido absuelto. El tribunal de la Sección Décima de la Audiencia, que celebró el juicio el pasado mes de julio, no ha ordenado el ingreso en prisión de ninguno de los encausados, pese a las altas condenas impuestas, por entender que se debe esperar a que la sentencia sea firme.
El abogado de la secta, Emilio Rodríguez Menéndez, anuncié ayer su intención de recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo. El letrado criticó el fallo de la Audiencia, al que calificó de "carente de base jurídica". Una vez presentado el recurso ante el Supremo, pueden transcurrir años hasta que éste decida, y será en aquel momento cuando los procesados ingresen en la cárcel si la sentencia de la Audiencia de Barcelona es confirmada. Mientras tanto, Lapiedra y los otros procesados permanecen en Valencia, ciudad a donde se trasladaron a vivir gran número de los adeptos y donde siguen realizando actividades parecidas a las que ahora han ocasionado condenas de prisión.La Audiencia considera que Ceis, desarticulada por la policía autonómica catalana en 1984 en Barcelona, es un grupo creado por los cuatro condenados alrededor de 1980 "con la finalidad de obtener un lucro mediante distintas actividades", que esencialmente consistieron en ofrecer sus servicios como piscólogos sin serlo e induciendo a sus adeptos a la práctica de la prostitución.
Los magistrados no entran a valorar en ningún momento la forma de vida sectaria desarrollada dentro de Ceis. "El tribunal no puede entrar, porque no es su función, en consideraciones sobre la moralidad de las actividades desplegadas en el seno-de la organización Ceis", subrayan. Por ello, a lo largo de toda la sentencia no se utiliza el término secta, sino el de organización o grupo.
La sentencia describe que la organización Ceis "es de estructura piramidal, estando en el vértice de la misma Vicente Lapiedra que frente a sus adeptos tiene la consideración de ser perfecto". Por debajo de Lapiedra están los otros tres condenados y en un tercer nivel el resto de los guías, cuya misión consistía en la captación de adeptos y en su adiestramiento.
La captación de personas se realizaba por fases, partiendo de los anuncios que presentaban a Ceis como un gabinete psicológico. La segunda fase consistía en la mediatización psicológica de los clientes, mediante técnicas de persuasión, para romper cualquier vínculo anterior familiar o social y conseguir la dependencia hacia los responsables de Ceis. Con esas técnicas, los acusados conseguían "la ciega sumisión de muchos de los miembros a los dictados de sus dirigentes", señala la sentencia. En la práctica, los adeptos dejaron sus domicilios y familias para vivir en pisos de la organización compartidos por grupos de seis a ocho personas. En Barcelona, Ceis llegó a tener una docena de pisos.
La tercera fase radicaba enla captación de recursos económicos, por lo que los adeptos que no tenían ingresos eran inducidos a la práctica de la prostitución. La inducción no era difícil de conseguir, según el tribunal, ya que formaba parte de las técnicas persuasivas.
Adiestramiento
"Uno de los pilares del adiestramiento", sostiene la sentencia, "era la más absoluta trivialización de cuanto hiciera referencia al sexo, presentándolo como una fórmula como cualquier otra para obtener dinero". Los magistrados han llegado a la conclusión de que se realizaba la inducción a la prostitución a través de las pruebas documentales que constan en el sumario y por las declaraciones de varios testigos. Los adeptos que no se prostituían estaban obligados a pagar una cuota por las terapias impartidas por sus guías.Otra de las acusaciones formuladas era la de corrupción de menores respecto a los niños, hijos de adeptos, que convivían con ellos en los pisos de la organización. El tribunal entiende que este delito no ha sido probado, aunque matiza qtke comparte las medidas adoptadas por el Tribunal Tutelar de Menores que ha entregado los pequeños a familiares ajenos a la secta.
"Las exploraciones de los menores y las declaraciones de testigos permiten concluir que efectivamente dichos menores tenían unos conocimientos de cuestiones referidas a la sexualidad inadecuadas a su edad, pero ello por sí sólo no permite fundamentar la imputación pretendida", concluye la sentencia.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.