El juez condena al SEMAF a indemnizar a Renfe con 50 millones por las huelgas de enero
El Juzgado de lo Social número 12 de Madrid ha condenado al Sindicato Español de Maquinistas y Ayudantes Ferroviarios (SEMAF) a indemnizar a Renfe con el pago de 50 millones de pesetas en concepto de daños y perjuicios por las consecuencias de las huelgas realizadas por este sindicato los pasados días 1, 2 y 7 de enero. La sentencia, que ha sido acogida con "asombro" por el SEMAF y satisfacción por la compañía pública, ha creado honda inquietud entre los sindicatos por las consecuencias que puede tener en el futuro para la aplicación del derecho de huelga.
En la sentencia del juez José Luis Barragán Morales destacan cuatro hechos fundamentales: la consideración de ilegalidad de la huelga, el hecho de que esa ilegalidad tenga como consecuencia el pago de una indemnización por daños y perjuicios, la apelación a la escasa representatividad del sindicato convocante en el conjunto de la empresa así como el lugar estratégico que ocupan en la misma.En uno de los 23 fundamentos de derecho de la sentencia, el juez señala que la huelga se convocó "en unas fechas cuyos efectos son especialmente gravosos para el servicio público de transportes de viajeros y mercancías por ferrocarril. Además la convoca un sindicato de un sector que agrupa a un colectivo de aproximadamente el 10% de la plantilla de la empresa demandante. Se trata, pues, de una huelga estratégica tanto desde el punto de vista del sector productivo en el que se encuadra la empresa a que afecta como en el relativo a la especial posición que dentro de la actividad de la empresa ocupan los maquinistas y ayudantes de maquinistas".
Responsabilidades
Más adelante, el juez destaca que la huelga se convocó apenas tres meses después de la firma del convenio colectivo, pero no para reclamar la aplicación del nuevo pacto, sino para modificarlo. En el fundamento 22, el magistrado afirma que debe examinarse "si una declaración de ilegal o abusiva en una huelga puede llevar consigo la exigencia de responsabilidad económica al sindicato convocante", ya que de lo contrario "se produciría en la práctica una inmunidad sindical, inmunidad que no se halla recogida en ningún precepto legal". La indemnización de 5G millones acordada por el juez es la solicitada por Renfe, que se basó para fijar esta cantidad en los gastos que le supuso la divulgación de anuncios publicitarios para dar a conocer a los usuarios los servicios, mínimos.
El secretario general del SEMAF, Juan Oliver, manifestó ayer a este diario su "asombro por los alegatos del juez". "Nosotros acatamos la sentencia", señaló, "pero vamos a recurrirla porque significa una limitación de los derechos de los trabajadores. El juez argumenta que hay que ir primero a Magistratura y luego a la huelga. Eso nos ata de pies y manos".
El recurso del SEMAF -que según Oliver apelará al Supremo y posteriormente al Constitucional, si fuera necesario- puede tener consecuencias decisivas para la aplicación del derecho de huelga. La sentencia del juzgado de lo social significa un precedente jurídico, pero si el Supremo confirmara la sentencia, ésta sentaría jurisprudencia, según los expertos de Renfe.
Para el director de recursos humanos de Renfe, José Luis Adell, el objetivo, de la compañía al denunciar la huelga por la vía de lo social y reclamar daños y perjuicios "era que los tribunales se definieran sobre la responsabilidad de los sindicatos por las consecuencias de una huelga que podría ser considerada ilegal una vez realizada".
Según José Luis Adell "Renfe no utilizará esta sentencia como arma arrojadiza, sino como un elemento de concertación, que sustituya la política de confrontación. La sentencia propiciará la autorregulación de la huelga, de forma que se garantice el derecho de realizarla pero respetando los derechos de los ciudadanos perjudicados por el paro".
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