La Audiencia de Barcelona deniega los procesamientos en el 'caso Banca Catalana'
La Audiencia de Barcelona ha rechazado la petición de procesar a los 16 querellados en el caso Banca Catalana, a los que la fiscalía imputaba los delitos de apropiación indebida, falsedad en documento y maquinación para alterar el precio de las cosas. El tribunal sostiene que los querellados cometieron "graves desaciertos de gestión".
Contra el auto dictado por la Audiencia cabe la interposición de un recurso por parte de los fiscales para insistir en su postura. El fiscal Jiménez Villarejo señaló ayer que tomarán una decisión después de examinar el auto de la Audiencia.Con el auto dictado ayer por la Audiencia casi concluye el extenso sumario abierto en 1984, cuando el entonces fiscal general del Estado, Luis Antonio Burón Barba, interpuso una querella criminal contra los responsables de la entidad. El presidente de la Generalitat, Jordi Pujol, acusado de los mismos delitos que el resto de los querellados, fue exculpado en noviembre de 1986 por el Pleno de la Audiencia de Barcelona.
Dos años más tarde el juez instructor del sumario consideró que no había delito en el proceder del resto de los querellados y concluyó el sumario sin procesamientos. La resolución tomada ayer por la Audiencia constituye la confirmación del auto dictado por el juez instructor por lo que ya sólo resta que la Audiencia sobresea el sumario.
Faltas administrativas
Las tres acusaciones formuladas por los fiscales han sido rechazadas por un tribunal de la Audiencia que no las ha considerado como delitos, sino como faltas administrativas o, simplemente, como fruto de una mala gestión por parte de los responsables de la entidad. "Se trata de distracciones de dinero, a través de una operativa bancaria y contable irregular en algunos aspectos e incluso abiertamente contraria a Derecho en otros", precisa el auto.El tribunal entiende que parte de las irregularidades cometidas en Banca Catalana son "coincidentes con prácticas generalizadas en aquel período de tiempo". Asimismo, la sala alude a la ausencia de personas que puedan sentirse perjudicadas por actuaciones de los querellados.
Los fiscales acusaron a los querellados de un delito de apropiación indebida por entender que se apropiaron de parte del dinero desviado de la contabilidad oficial de Banca Catalana hacia la denominada Caja B.
"No aparece suficientemente justificado, ni siquiera a nivel de indicios racionales, que existiera una apropiación personal de los bienes", explica el auto. Sí hubo distracción de fondos, según el tribunal, pero no de carácter penal, sino como "actuaciones constitutivas de infracciones administrativas o de otra índole".
El desvío de fondos de la contabilidad oficial se hizo por medio de otras dos entidades denominadas Caja b y Caja C.
El tribunal se ha acogido al punto de vista sostenido por peritos designados judicialmente respecto a la Caja B, que mantuvieron una opinión distinta a la
del Banco de España. "La Caja B no es una contabilidad con independencia con respecto a la contabilidad oficial, sino una contabilidad complementaria, explicativa".
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