Permiso polémico
LA DECISIÓN de la juez de vigilancia penitenciaria de Valladolid de conceder un permiso carcelario de seis días a José Fernández Cerra -uno de los autores del asesinato de los abogados del despacho laboralista de la calle de Atocha, en Madrid, en los albores de la transición política- ha reabierto la polémica sobre la controvertida cuestión de si debe o no extenderse este beneficio penitenciario a determinados presos. En el caso del grupo de reclusos ultraderechistas que cumple condena por sus crímenes durante la transición, la duda tiene base más que suficiente: dos de ellos han aprovechado esta situación para fugarse. Pero es que, además, todavía está fresco en la memoria de muchas gentes el trato de favor que en el pasado dieron algunos jueces a los terroristas de extrema derecha.Con estos antecedentes, es coherente que el Gobierno ponga todo su empeño en impedir la concesión de permisos a este tipo de reclusos, sin que ello pueda ser tildado de desacato o desobediencia. En el caso de Fernández Cerra, la juez de Valladolid ha estimado que cumple todos los requisitos legales, pero ha pasado por encima del dictamen de la junta de régimen interior de la prisión que estimó lo contrario. La juez ha actuado dentro de sus competencias, pero ha asumido con su decisión un grave riesgo al desconocer el parecer fundamentado de un' órgano penitenciario cuya tarea es precisamente seguir de cerca la evolución del interno.
Es obvio que ningún recluso puede quedar al margen de la reeducación y la reinserción social que la Constitución encomienda a las instituciones penitenciarias. Pero también lo es que las medidas tendentes a este fin deben administrarse con tiento y con prudencia, sobre todo con aquellos reclusos que han hecho de la delincuencia una actividad organizada y cuyo principal interés es volver a las andadas a la primera ocasión. De no hacerlo así, no se podrá evitar que crezcan en el seno de la sociedad los sentimientos contrarios a la política de resinserción social del recluso.
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