Lo que se da no se quita
Los matrimonios con dos rentas que nunca pagaron impuestos saldrán beneficiados con el nuevo IRPF
Los matrimonios con dos rentas y que no pagaron impuestos en su vida tienen ahora una oportunidad de oro para ponerse a bien con Hacienda, ya que pagarán menos que si lo hubieran hecho en su momento. A los que declararon sólo parte, no se les devuelve lo ya ingresado y se les aplica la norma nueva sólo sobre los ingresos que ahora señalan haber obtenido. Los primeros salen beneficiados respecto de los segundos, y ambos pagarán al final menos que aquellos que cumplieron en tiempo y forma con sus deberes fiscales.
La sentencia del Tribunal Constitucional del pasado 20 de febrero marcó un antes y un después en la situación de los contribuyentes españoles. Al establecer que no habrá devoluciones sobre lo ya pagado, los contribuyentes que han cumplido con sus obligaciones fiscales pueden tener la tentación de pensar que se les ha estafado. Es el caso de las familias en las que el marido y la mujer trabajan y que, al sumar sus rentas, han pagado más impuestos de los que les corresponderían si hubieran podido hacer su declaración por separado.Por el contrario, los ciudadanos que no han declarado en su vida o que sólo consignaron parte de sus ingresos, estarán ahora en condiciones de pagar menos impuestos en relación a lo que deberían haber contribuido en su momento, si pueden acogerse a la declaración separada. Si lo hacen voluntariamente, no tendrán que pagar sanciones ni intereses de demora.
A los matrimonios que pagaron en tiempo y forma no les queda escapatoria. Podría darse el caso de que algunos de ellos decidieran, de manera voluntaria, solicitar que se les revisen sus declaraciones de años no prescritos con la disculpa de que se les olvidó incluir algún ingreso. De esta forma, al aplicárseles la norma que hace posible la declaración separada, Hacienda tendría que devolverles dinero. Sin embargo, la administración tributaria ha dicho lo que Santa Rita, que lo que se da no se quita; es decir, que de lo ya pagado no se devuelve nada.
Discriminación
Esta argucia legal -algunos la consideran legítima- no tiene que ver con los defraudores que no declararon nada en su momento o que ahora se les descubre una deuda importante, caso por ejemplo, de los titulares de pólizas de seguro con prima única. Una solución podría haber sido calcularles todo lo que adeudan por la nueva norma y así saldrían muy beneficiados. Al declarar por separado, caso de los matrimonios que obtienen dos rentas, podría resultar que ponerse a bien con Hacienda tuviera para ellos un coste nulo. La solución finalmente adoptada pretende atenuar la discriminación que, en todo caso, existe entre defraudadores y cumplidores.En esencia supone que aquellos que declararon sólo una parte de sus ingresos deben hacer la siguiente operación: se les aplica a lo no declarado la nueva norma, después se calcula a lo que se declaró en su momento también la nueva norma. La resta de ambas cantidades es lo que tendrá que ingresar en Hacienda, más las sanciones e intereses de demora que correspondan, "independientemente de la deuda tributaria pagada, determinada o liquidada, en los plazos reglamentarios de declaración e ingreso".
En resumidas cuentas, se trata de que sólo se aplica la nueva norma a las bases descubiertas con posterioridad a la sentencia. A esta cantidad se añade lo que se pagó en su momento ya que no se devuelve, es decir, se le aplica la norma antigua sin posibilidad de revisión.
Por ejemplo, una familia que declaró seis millones de ingresos en el año 1986 y pagó dos millones de pesetas en impuestos. Ahora se le descubren, además, unos ingresos de dos millones. Con la nueva legislación, sobre los seis millones ya declarados pagarían 800.000 pesetas y con los dos millones nuevos, 500.000 pesetas. Lo que tiene que ingresar ahora son 300.000 pesetas (la diferencia) además de los dos millones ya pagados que no se devuelven.
Si se aplicara la norma nueva a todo, es decir, a lo ya declarado más lo descubierto, resultaría incluso un coste nulo para el defraudador -nunca positivo porque no se devuelve nada- ya que el nuevo IRPF es más benigno ahora con los matrimonios con dos rentas. En todo caso, la norma beneficia a aquellos que no declararon en su momento ningún ingreso puesto que podrán aplicar la nueva norma, sin acumulación de rentas, a todos sus ingresos ahora declarados. Además, si lo hacen voluntariamente, no tendrán que pagar sanciones ni intereses de demora.
El proyecto de ley ofrece además, la posibilidad de que en los dos meses posteriores a la aprobación de la nueva norma, los defraudadores regularicen su situación, sin sanciones ni intereses de demora. Este plazo está previsto para los titulares de pólizas de seguro con prima única que han presentado declaración de ingresos voluntaria pero no han podido liquidar sus deudas con Hacienda por no existir una normativa del impuesto sobre la renta.
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