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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Cerditas bayetas

Una de las primeras medidas tomadas por el nuevo director general de Radiotelevisión ha sido la de suprimir el espacio de Radio 1 Resumen de Prensa, emitido los días laborables entre las 7.40 y 7.50 de cada mañana y que daba una panorámica de las noticias más relevantes aparecidas en los principales periódicos de difusión nacional. El motivo parece ser que ha sido el que se trataba de informaciones no suficientemente contrastadas, y la decisión debe haber venido directamente de la mano del director general, ya que ésta se tomó mucho antes del nombramiento del nuevo equipo directivo de Radio Nacional. En su lugar, los oyentes de esas horas venimos siendo obsequiados con noticias proporcionadas por los corresponsales de Londres, París o Bonn. Esta información, suponemos que suficientemente contrastada, suele ser de lo más interesante.Únicamente por poner un ejemplo, hoy he podido conocer las peripecias sufridas por una señora alemana para pasar una cerdita a Hungría, a la que ha tenido que alojar durante 15 días en el sótano de un hotel, y la de un muchacho francés que ha fallecido al ingerir una bayeta como consecuencia de un apetito tan voraz que le impulsaba asimismo a comerse todo tipo de objetos, tales como pilas, papeles, etcétera. Supongo que tras este esfuerzo de imaginación por parte de los corresponsales, éstos pueden seguir contrastando noticias similares que nos ayuden a terminar de despertarnos otros días.-

La libertad

de expresión ha muerto en RTVE. El asesino ha sido don Luis Solana. Después del fulminante cese de don Miguel Ángel Gozalo como director del programa Derecho a discrepar, dígame usted qué interés va a tener escuchar una entrevista en Televisión.

Mientras llega la televisión privada será mejor que los amantes de la libertad de expresión nos refugiemos en la radio y la Prensa, donde tiene una vida pujante. El cese de don Miguel Ángel Gozalo se puede calificar de terrorismo de la comunicación. Participando en el debate estaban un catedrático de Derecho a la Información y un juez magistrado, y ninguno de los dos opinó otra cosa sino que se estaba ejerciendo el derecho de expresión contemplado en nuestra Constitución. Como receptor de un medio público de comunicación he sidc agredido en mi derecho a recibir información, pues a partir del 9 de febrero no se emitirá ningún espacio más de Derecho a discrepar bajo la dirección de don Miguel Ángel Gozalo.

Se da la curiosa coincidencia que nuestro ministro de Asuntos Exteriores, señor Fernández Ordóñez, y el director de Televisión Española, don Alfonso Cortés Cavanillas, felicitaron a don Miguel Ángel, y don Luis Solana y don Diego Carcedo, que son los autores materiales del hecho, ninguno de los dos lo había visto. ¿Me podrían asegurar doña Isabel Preysler y don Miguel Boyer que ninguno de los dos lo vio? Asegura el señor Solana que el cese se debe a una persona conservadora. Tengo la completa seguridad que cada día llegan a la dirección de Radiotelevisión Española numerosas llamadas protestando por el contenido de este o aquel otro programa, y eso no es razón para que cesen al director correspondiente. Dice nuestra Constitución que "todo español es inocente mientras no se demuestre lo contrario". Don Luis ha presumido la culpabilidad de don Miguel Ángel desde un principio.- José Manuel Rodríguez de Robles Aguado. Madrid.

La decisión

del director general de Radiotelevisión Española de destituir al director y presentador del programa Derecho a discrepar, además de constituir probablemente un grave error político, significa un mayor error jurídico, en cuanto que, aun admitiendo que tenga facultades para decidir el cese, éste implica anteponer el derecho a la intimidad y al honor sobre la libertad de expresión e información en materia de interés público, lo que pugna con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo y con lo fijado por la doctrina, prácticamente unánime -entre las que me cuento-, atinente a la interpretación combinada de los artículos 1, 6, 9, 10,

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18, 20 y 23 de la Constitución y de la Ley 1/1982, de 5 de mayo, y normas de desarrollo: el interés de los españoles en ver y oír por televisión una discusión sobre estos temas cruciales (o sobre otros similares que puedan suscitarse en programas de debate) es superior al de determinadas personas a preservar su intimidad o su honor; éstas, si se reputan ofendidas y víctimas de una lesión antijurídica en tales bienes de la personalidad, pueden demandar civilmente o querellarse penalmente contra cualquiera de los participantes en el coloquio que, según ellas, hubiera infringido el ordenamiento. Pero no cabe impedir que un medio público bloquee cauces de expresión de interés general ante la posibilidad de que durante su desarrollo se produzcan delitos o infracciones jurídico-civiles. Es una regla del Estado de derecho.- Luis-Humberto Clavería Gosálbez. Sevilla.

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