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Un juez concede régimen abierto a dos magistrados condenados por soborno

Los magistrados Carlos Lorenzo-Penalva de Vega y Joaquín García Lavernia, condenados a cinco y cuatro años de prisión por un delito de cohecho (soborno a cargo público), salieron ayer al mediodía de la prisión de Lérida 2, después de que el juez de Vigilancia Penitenciaria de Lérida, Rodrigo Pita, les concediera la clasificación penitenciaria de régimen abierto. Los jueces, que son los primeros en la historia judicial española que han entrado en prisión, han conseguido el mejor grado de clasificación al cabo de sólo ocho meses de cumplir condena.

El tribunal les condenó por haber cobrado cerca de 26 millones por designar a determinados interventores o depositarios en procedimientos de suspensiones de pago o quiebras que se seguían en sus juzgados, el 6 y el 2 de Primera Instancia de Barcelona.Ambos magistrados deberán incorporarse a la prisión de Lérida 2 mañana a las ocho de la tarde. De momento, no podrán salir diariamente de la cárcel hasta que sean trasladados a otro centro penitenciario que disponga del módulo destinado a los reclusos con régimen abierto, informan Blanca Cía y Luis Visa.

Fuentes de la Dirección General de Servicios Penitenciarios precisaron ayer que los magistrados podrán ser trasladados en breve bien a la cárcel de Lérida 1 o a la, Modelo de Barcelona y, a partir de ese momento, saldrán por la mañana para reingresar a pernoctar, además de poder pasar todos los fines de semana en sus domicilios y de tener 48 días de permiso anuales.

El juez Rodrigo Pita ha concedido el régimen abierto después de admitir el recurso planteado por los magistrados contra una resolución de la Dirección de Servicios Penitenciarios que el pasado 25 de enero rechazó la pretensión de los jueces. El juez de Vigilancia Penitenciaria ha estimado ahora que ambos condenados cumplen todos los requisitos establecidos por la legislación para la concesión del régimen abierto. Éstos son: buen comportamiento, cumplimiento de una cuarta parte de la condena y disponer de expectativas laborales en el exterior. Rodrigo Pita también ha tenido en cuenta los informes favorables para la concesión tanto del fiscal como del equipo de tratamiento de la cárcel.

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Los dos jueces fueron contratados en el despacho de su ahogado defensor

Viene de la primera páginaLa cuarta parte de la condena no es un cálculo exacto ya que también se contabilizan en ella los beneficios que tienen todos los reclusos por el trabajo o servicios prestados en la cárcel y que implican un descuento de condena a cumplir. Respecto a la expectativa laboral que ha de tenerse en cuenta para conceder el régimen abierto, ambos jueces la resolvieron al ser contratados por el abogado que les defendió en el proceso, Joan Piqué Vidal, para trabajar en su despacho. Lo que se desconoce por ahora es qué tipo de trabajo realizarán. La condena por cohecho les inhabilitó para ejercer como magistrados, pero no para ejercer cualquier otro trabajo, aunque esté relacionado con tareas jurídicas.

La progresión de grado penitenciaro de ambos magistrados se ha producido con gran rapidez, en opinión de fuentes jurídicas consultadas.

Ambos ingresaron en Lérida 2 en julio con una semana de diferencia ya que Lorenzo-Penalva permaneció en paradero desconocido durante una semana, mientras era buscado por la policía.

Al cabo de dos meses fueron clasificados en segundo grado y en diciembre instaron la solicitud para acceder al tercer grado que en enero pasado fue rechazada por los responsables de prisiones de la Generalitat y ahora concedida por el juez.

Rebaja de pena

La Sala Segunda del Tribunal Supremo, que les condenó en julio del año pasado, rebajó las condenas de ambos magistrados en noviembre pasado, lo que supuso un beneficio considerable para los jueces.

Inicialmente, Lorenzo-Penalva fue condenado a cinco años de prisión por el delito de cohecho y a dos penas de ocho meses de prisión por el delito de falsedad en documento.

Con la rebaja del Supremo, a este magistrado se le han remitido las penas por el delito de falsedad por lo que no las deberá cumplir.

García Lavernia fue condenado a cuatro años y cuatro meses por cohecho y el tribunal le rebajó los cuatro meses. Además, a este magistrado también se le aplicó la remisión condicional del arresto de cuatro meses impuesto por no haber pagado la multa de 20 millones de pesetas. La multa en el caso de Lorenzo Penalva ascendió a 38 millones de pesetas.

Ambos magistrados fueron condenados a 11 años de inhabilitación -por lo que no podrán volver a ejercer en la carrera judicial- al ser considerados autores de un delito de cohecho cuando llegaron a un acuerdo con seis profesionales del derecho para designarles como interventores y depositarios en procedimientos judiciales a cambio de un porcentaje de los beneficios obtenidos.

El fiscal explicó durante el juicio, que se desarrolló en julio de 1988, que Lorenzo-Penalva y García-Lavernia recibieron por ese procedimiento un total de 26 millones de pesetas.

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