Reguladas las 12 fiestas laborales para 1989
El Gobierno ha fijado en 12 las fiestas laborales para 1989 y reconoce la competencias de las comunidades autónomas para sustituir tres fiestas por otras de ámbito comunitario, así corno para establecer dos fiestas más de carácter local. Las fiestas que pueden sustituir las comunidades son exclusivamente la Epifanía del Señor (6 de enero), Jueves Santo (23 de marzo), Corpus Christi (25 de mayo) o Santiago Apóstol (25 de julio).
Las otras ocho fiestas laborales aprobadas son: Viernes Santo, 24 de marzo; Fiesta del Trabajo, 1 de mayo; Asunción de la Virgen, 15 de agosto; Fiesta Nacional de España, 12 de octubre; Todos los Santos, 1 de noviembre; Día de la Constitución Española, 6 de diciembre; Inmaculada Concepción, 8 de diciembre; y Natividad del Señor, 25 de diciembre. El Gobierno tiene previsto elaborar en el curso de 1989 un calendario permanente de fiestas.
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