El Supremo tramita "con la mayor celeridad posible" el indulto de Armada
El expediente para la concesión o denegación del indulto para el ex general Alfonso Armada se encuentra ya en la Sala de lo Militar (Sala Quinta) del Tribunal Supremo, y en esta instancia será tramitado "con la mayor celeridad posible", ya que los magistrados ocuparán en ello sólo "el tiempo estrictamente necesario", según aseguraron ayer fuentes de la misma sala, que enviará su informe positivo o negativo al Ministerio de Defensa.
La solicitud de indulto, presentada el pasado 8 de septiembre, fue dirigida al Ministerio de Defensa y, tras los trámites correspondientes, ya ha sido remitida hace sólo unos días a la Sala de lo Militar del Supremo, que preside José Jiménez Villarejo. En estos momentos, la sala está a la espera de recibir informes de la prisión militar de Alcalá de Henares -concretamente del gobernador militar de la cárcel- sobre el comportamiento del ex general desde que ingresó en dicho centro. Aunque lleva ya muchos meses ingresado en el hospital militar Gómez Ulla, la prisión militar de Alcalá es la que se fijó para que Armada cumpliera su condena de 26 años, ocho meses y un día por su participación en el frustrado golpe de Estado del 23 de febrero de 1981.En diversos medios judiciales consultados por este periódico, se califica de muy probable que el informe del Tribunal Supremo sea favorable al indulto, teniendo en cuenta la gravedad de la enfermedad del ex general, su elevada edad y su acatamiento expreso de la Constitución, como consta en el propio escrito de solicitud de indulto. No obstante, los jueces tendrán que escuchar antes el punto de vista del ministerio fiscal, cuyo informe será emitido en las próximas semanas.
Legislación aplicada
La tramitación de este expediente de indulto se realiza de acuerdo con la ley de indultos de 1870 y con algunos artículos todavía vigentes del antiguo Código de Justicia Militar.Concretamente, el artículo 994 del código castrense dice: "Cuando el reo no llevare cumplida la mitad de la condena, la autoridad judicial que recibiere instancia de indulto [la Sala de lo Militar] la cursará al ministerio de que dependa [en este caso el Ministerio de Defensa] con informe de si, a pesar de aquella circunstancia, estima concurren otras especiales que aconsejen la formación de expediente de indulto o, por el contrario, entiende no haber lugar al mismo, para que se resuelva si procede o no la apertura".
En medios judiciales, se estima que, de hecho, el expediente de indulto ya está abierto y ahora el Supremo emitirá su opinión de si es o no oportuna su concesión. En cualquier caso, su informe no es vinculante, ya que, en último término, es al Gobierno al que corresponde decidir si se concede o no la medida de gracia.
Armada ya había solicitado el indulto en otras cuatro ocasiones y siempre le fue denegado, a pesar de contar en algunos casos con la opinión favorable del ya extinguido Consejo Supremo de Justicia Militar. En la presente solicitud, participa por primera vez la Sala de lo Militar, compuesta por civiles y militares. Esta sala, de reciente creación, asumió las funciones del citado consejo supremo.
De otro lado, sigue pendiente de resolución la solicitud del general Luis Torres Rojas, condenado a 12 años por los mismos hechos, para que se le conceda la libertad condicional por sufrir una enfermedad grave y por tener más de 70 años de edad. Su abogado, Gerardo Quintana, estima que cumple los requisitos exigidos para la concesión, pero los tribunales militares todavía no han aclarado a cuál de ellos -La Coruña o Madrid- le compete adoptar una decisión al respecto.
En el caso de que tanto Torres Rojas como Armada -ambos hospitalizados- lograran la libertad, los únicos condenados por el 23-F que todavía quedarían en prisión serían el ex general Jaime Milans y el ex teniente coronel Antonio Tejero. El primero se niega a solicitar el indulto o la libertad condicional. El segundo tampoco desea pedir el indulto y no reúne condiciones para pedir la libertad condicional.
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