Rechazado el recurso de Roca contra la denegación de datos sobre la OTAN
El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de amparo formulado por el portavoz de Minoría Catalana, Miquel Roca Junyent, y otros 66 diputados contra la resolución de la presidencia del Congreso de 18 de diciembre de 1986 que negó a los parlamentarios el acceso al memorándum presentado por el Gobierno en la secretaría general de la OTAN.El tribunal declara que. tal resolución reguladora del acceso de los parlamentarios a materias clasificadas no es susceptible de ser conocida por la vía utilizada del recurso de amparo, y sugiere que sí habría podido serlo por la del recurso de inconstitucionalidad, previsto contra disposiciones legales.
La sentencia del Tribunal Constitucional, de 58 folios, desestima la fundamentación jurídica de los recurrentes, quienes invocaron su condición de parlamentarios, así como el derecho constitucional a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. Roca y los demás recurrentes argumentaron que la resolución impugnada violó también el propio reglamento de la Cámara, al restringir el derecho de los diputados a recabar información y a recibiría.
Tanto el letrado del Estado como, el de las Cortes Generales se opusieron al recurso por entender que se había presentado contra un acto parlamentario interno de un órgano constitucional no susceptible de impugnación en recurso de amparo. Igualmente, alegaron que la resolución de la presidencia no fue una decisión o acto susceptible de amparo, sino una regulación normativa, llamada a integrarse "en el ordenamiento parlamentario".
La sentencia de la Sala Primera del Tribunal Constitucional, de la que ha sido ponente el magistrado Miguel Rodríguez-Piñero, rechaza la primera argumentación, por entender que el carácter interno del acto no impide su examen, cuando se recurre contra la lesión de derechos fundamentales. En cambio, admite que la resolución cuestionada tiene", dice, "evidentemente un contenido normativo", por lo que la vía procedente era el recurso de inconstitucionalidad.
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