El fiscal del Estado tiene la palabra
El ministro del Interior, José Barrionuevo, y las autoridades de su departamento que ordenaron la fallida operación realizada en la madrugada de ayer en Leganés, aplicaron la ley Antiterrorista todavía en vigor, pero según fuentes jurídicas consultadas por este periódico, violaron la Constitución e incurrieron en responsabilidad penal. Tales fuentes estiman que el fiscal general del Estado debe iniciar las correspondientes acciones.La ley Antiterrorista permite en su artículo 16 a los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado "proceder sin necesidad de previa autorización o mandato judicial a la inmediata detención" de los responsables de acciones terroristas, "cualquiera que fuese el lugar o domicilio donde se ocultasen o refugiasen". Con ello, se suspende el derecho a la inviolabilidad de domicilio. Pero tal suspensión está autorizada por la Constitución "para personas determinadas" relacionadas o integrantes de bandas armadas o elementos terroristas. Y para impedir extralimitaciones en esta autorización, la Constitución estableció en el último párrafo de su artículo 55: "La utilización injustificada o abusiva de las facultades reconocidas en dicha ley orgánica producirá responsabilidad penal, como violación de los derechos y libertades reconocidos por las leyes".
Las fuentes antes mencionadas aseguraron que, de acuerdo con este precepto constitucional, además de las responsabilidades por los delitos de daños, coacciones, lesiones y otros que se hayan podido producir durante la operación fallida, es exigible a las autoridades de Interior responsabilidad penal por el delito tipificado en el artículo 194 del Código Penal, por impedir "el ejercicio de los derechos cívicos".
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