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El comité de Alúmina-Aluminio recurre los despidos anunciados por Inespal

Los miembros del comité de empresa de Alúmina-Aluminio, del grupo público Industria Española del Aluminio (Inespal), que ayer recibieron por vía notarial las notificaciones de despido de la empresa tras negarse a aceptarlas el día anterior por no considerar válido el procedimiento, han anunciado la interposición de recursos, primero ante el Instituto de Mediación, Arbitraje y Conciliación, y, en el caso de que éste no prospere, ante la Magistratura de Trabajo.

Antón Casal, miembro del comité de Alúmina-Aluminio, aseguró que "todos éramos conscientes de que las notificaciones iban a llegar, pero lo que nos importa ahora mismo es la situación y lo que pueda ocurrir con nuestros 110 compañeros también despedidos. Y ahí es donde vamos a luchar", dijo, al tiempo que anunció la adopción de medidas de fuerza y movilizaciones si los despidos se llevan a cabo. "Aquí va a pasar algo muy gordo", matizó.Respecto a las notificaciones de despido de los miembros del comité, comentó que los sindicatos "tienen que mojarse en el tema. Si en realidad hay centrales sindicales en este país y no toman conciencia de lo que aquí ocurre, es mejor que cierren sus locales porque no sirven para nada".

Los despidos notificados ayer se llevan a cabo tras el grave conflicto surgido en la factoría de San Ciprián (Lugo) al abandonar los trabajadores sus puestos por el embarque en un puerto próximo de bidones procedentes del mercante Cason conteniendo productos tóxicos y que originó la paralización de la producción de la factoría de aluminio, con unas pérdidas que la empresa estima en 16.000 millones de pesetas y un período de seis meses para la recuperación del nivel de producción.

Faltas gravísimas

Los despidos son efectivos desde ayer, día 8, y se realizan por estimar "sendas y gravísimas transgresiones de la buena fe contractual, para las que la Ley de 8 de marzo de 1980 del Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 54, prevé como medida sancionadora la del despido disciplinario". El acta de notificación indica que el comité "actuó de forma concertada, sin que se pusiera de manifiesto ninguna postura discrepante, por lo que cabe estimar que la responsabilidad alcanza a todos y a cada uno de sus miembros".En el expediente se acusa al comité de "denegación constante de prestación de servicios mínimos..., dirección, obstrucción permanente del derecho de libertad al trabajo, al mantener controles en los accesos que impidieron la incorporación de los trabajadores, e intento de usurpación de funciones de dirección, comunicándoselo a ésta para la transferencia de competencias directivas".

La empresa mantiene que las primeras causas constituyen "promoción, participación activa y sostenimiento de huelga", y las restantes, "actos abusivos e ilícitos".

Ésta es la primera ocasión en que una empresa despide a todo su comité, ya que el Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 68, establece que "el comité no podrá ser despedido ni sancionado durante el ejercicio de sus funciones ni dentro del año siguiente a la expiración de su mandato, salvo en el caso de que ésta se produzca por revocación o dimisión, siempre que el despido o sanción se base en acción del trabajador en el ejercicio de su representación".

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