El fiscal pide dos años de prisión por intrusismo para el abogado Rodríguez Menéndez
El fiscal de la Audiencia Provincial de Madrid ha solicitado una pena de dos años de prisión y multa de 20.000 pesetas para el polémico abogado José Emilio Rodríguez Menéndez, como presunto autor de un delito de usurpación de funciones. Rodríguez Menéndez se encuentra procesado por el Juzgado de Instrucción número 1 de Madrid por los delitos de estafa y usurpación de funciones, pero el fiscal no ha solicitado ninguna pena por la supuesta estafa, ya que considera que no se ha podido demostrar que el abogado haya cometido este delito.
Según el escrito de conclusiones provisionales del fiscal, al que ha tenido acceso este periódico, precisa que Rodríguez Menéndez, sin haber obtenido la licenciatura en Derecho, ni hallarse colegiado, como exige el Estatuto General de la Abogacía para el ejercicio de la misma, el 17 de julio de 1980 firmó un contrato de sociedad privada con los abogados José María Dávila Sánchez, Juan Ruiz López y César Álvarez Rodríguez en el que acordaron establecer un despacho para ejercer la abogacía.Este despacho se instaló en la calle Orense número 8, de Madrid y en el mismo, según el fiscal, el procesado se atribuía públicamente la condición de abogado en ejercicio ante los clientes que acudían. Concretamente, el fiscal destaca que Rodríguez Menéndez actuó como letrado en el expediente de suspensión de pagos de Alfonso Morán San Román, que con el número 921/81 se empezó a tramitar en el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Madrid. El procesado se hizo pasar por abogado ante el cliente, y recibió del mismo varios talones nominativos en pago de sus servicios.
Perder la demanda
Rodríguez Menéndez obtuvo la licenciatura en Derecho en septiembre de 1981 y se colegió en el Colegio de Abogados de Madrid el 7 de octubre de 1981, con el número 20.097. Hasta esa fecha, utilizó la firma de sus compañeros de despacho en los documentos oficiales de todos aquellos asuntos que tramitaba personalmente.Por otra parte, José Emilio Rodríguez Menéndez ha perdido la demanda de protección al honor que había interpuesto contra Televisión Española, los miembros del equipo del programa Informe Semanal Ramón Colom y Jose Eloy Parejo, y el abogado Juan Aguirre.
En el programa Informe Semanal del 20 de septiembre de 1986 se emitió un reportaje en el que el abogado Juan Aguirre, que lleva la acusación en algunos casos de corrupción, afirmaba que Rodríguez Menéndez había colocado en su despacho al funcionario de prisiones Sánchez Buenaposada. Este último había sido sancionado por el Ministerio de Justicia, porque reclamaba a los presos cantidades de dinero para obtener su libertad alegando la excelente situación del abogado Rodríguez Menéndez, al ser pariente de un magistrado.
El juez de primera instancia José María Gil Sáez explica en su sentencia que aunque el derecho a la intimidad personal no sólo protege la vida privada, sino que puede afectar a la vida profesional, la protección de esta última no puede nunca cercenar o limitar el derecho de comunicar o recibir información veraz.
La sentencia puntualiza también que el quehacer profesional de una persona goza de una proyección social que no puede ser hurtada al conocimiento de la opinión pública a través de una información veraz, veracidad que se ha acreditado en autos, al ser el señor Sánchez Buenaposada colaborador del abogado, y haber sido sancionado por el motivo citado cuando estaba en activo.
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