Protección de menores
Las previsiones contenidas en los artículos 96 y siguientes de la ley orgánica del Poder Judicial, respecto a la creación de juzgados de menores y las competencias que a los mismos se otorgarán, así como la futura normativa que vendrá a sustituir al vetusto texto refundido sobre Protección de Menores, aprobado por decreto de 2 de julio de 1948 (respecto a cuya dudosa constitucionalidad en algunos de sus preceptos no voy a referirme, por considerar que su necesaria y pronta derogación zanjará tales cuestiones), me lleva a hacer algunas reflexiones sobre la problemática actual del menor de edad, en cuanto sujeto de derechos, entre los que se encuentra el de exigir la concurrencia de todas aquellas circunstancias idóneas para su desarrollo integral.Una reflexión serena sobre la problemática existente lleva a las siguientes consideraciones: a) la incidencia que la crisis económica y social tiene sobre el desarrollo de las condiciones de vida de las personas y, de forma más directa, sobre los menores hace que deban ser las instituciones -centrales, autonómicas y municipales- quienes, por medio de sus recursos asistenciales y sociales, tiendan a paliar las necesidades de tal tipo, aumentando éstos y asumiendo aquella responsabilidad política que tienen de promover y favorecer el bienestar de los ciudadanos; b) un adecuado tratamiento que conlleve respuestas afectivas en beneficio del menor exige aquello en lo que prácticamente coincidimos los interesados en la materia: la desjudicialización de aquellos supuestos, que, por lo demás, constituyen un tanto por ciento muy elevado de la competencia de la facultad protectora de los tribunales tutelares, es que, bajo la pretendida exigencia de la protección del menor, se encubre una carencia asistencial y económica, no resuelta por quienes institucionalmente estarían obligados a ello y que afecta a aquellas capas de población económicamente más desvalidas, quienes, además de verse castigadas por la falta de medios, reciben un plus de penalidad al verse apartados de sus hijos ingresados en centros o instituciones.-
Juez decano del Tribunal Tutelar de Menores de Barcelona.
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