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El Tribunal Supremo confirma la anulación de los 28 nombramientos de Barranco para la asamblea de Cajamadrid

La Audiencia Territorial de Madrid ha reconocido el derecho constituciorial de las minorías políticas municipales a participar en los órganos de gobierno de las cajas de ahorro, que les era negado por los alcaldes de las locahda.des donde: el PSOE tenía mayoría absolula. Su sentencia, entregada ayer a las partes, es la primera que toca el fondo del pleito planteado en Cajamadrid, e invoca la Constitución para anular un acuerdo del pleno municipal madrileño, pese a que el Tribunal Constitucional todavía no ha resuelto los recursos de AP y la GeneraEtat de Cataluña contra la ley que- inició el proceso de renovación en todas las cajas. Tanibién ayer se supo que el Tribunal Supremo ha confirmado el primer auto judicial dictado en este caso."La democratización de los órganos de gobierno de las cajas de ahorro, bajo la hermenéutica constitucional", dice la sentencia de la Audiencia al final de su décimo considerando, "no puede entenderse si no es bajo el signo de la participación pluralista, no discriminatoria respecto de las minorías. He aquí, a juicio de la sala, el alcance de los principios y valores en el Estado social de derecho".

El pleito que ha dado origen a esta sentencia es seguido como banco de pruebas de lo que puede ocurrir en el conjunto de las cajas de ahorro, tanto desde el PSOE como desde los medios políticos y económicos que se oponen a la ley de Renovación de las Asambleas y Consejos de este 40% del sistema financiero, aprobada hace dos años. Lo iniciaron los grupos de la oposición en el Ayuntamiento madrileño cuando el alcalde, Juan Barranco, nombró por decreto para la nueva asamblea de Cajamadrid a 28 militantes o simpatizantes socialistas, entre ellos los presidentes de grandes empresas públicas, como Renfe y CASA.

La Audiencia de Madrid anuló primero el decreto de Barranco por motivos de forma, principalmente el no haber pasado una decisión así por el pleno del Ayuntamiento. Pero el alcalde mantuvo los mismos nombres, y la mayoría socialista que tenía entonces la corporación los aprobó. El primer auto de la Audiencia para suspender el decreto es el que acaba de admitir el Supremo des,estimando un recurso del Ayuntamiento de Madrid, mientras que la sentencia afecta ya al acuerdo del pleno municipal, recurrido por el despacho de abogados Palacio-Delgado en nombre de los concejales del PCE.

Tras 12 considerandos, la Sala Cuarta de la AudienciaTerritorial declara "la disconfórmidad del acuerdo recurrido con el artículo 14 de la Constitución, dejándolo sin eflecto", al tiempo que impone las costas del proceso al Ayuntamiento. El citado artículo de la Constitución dice: "Los españoles son iguales :ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o wcial".

La corporación madrileña dispone de cinco días para recurrir la sentencia al Tribunal Supremo. Pese a que el PSOE carece ya de mayoría absoluta a raíz de las elecciones del pasado 10 de junio, fuentes; jurídicas apuntaron que había instrucciones de preparar el recurso en caso de perder en la Audiencia. Por su parte, medios socialistas declararon que, si bien el PSOE todavía tendrá mayoría absoluta en Cajamadrid aunque impere el cniterio de proporcionalidad en la representación atribuida a los ayuntamientos, las altas instancias del partido desean agotar todas las vías judi.ciales, porque si admiten este criterio perderían incluso la mayoría simple en asambleas y consejos de muchas cajas.

De las 77 cajas de ahorro, sólo 35 han terininado el proceso de renovación, mediante el cual la representación de los ayuntamientos alcanza al 40%; la de los ímpositores, al 44%; la de la entidad fundadora, al 11 %, y la del personal, al 5%.

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