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El Banco Central, sancionado por exceso de horas extras

El Banco Central ha sido sancionado por la Inspección de Trabajo por incumplimiento del artículo 41 del Decreto 2.001 de 1983. Este artículo establece la obligatoriedad de comunicar a la autoridad laboral la realización de horas extras. Asimismo, el banco ha sido sancionado por haber incumplido el artículo 10.2 del Decreto Ley 1/1986, que establece que el número de horas extras no puede superar las 80 al año.Según denuncia de la central sindical CNT-AIT, en tres centros del Banco Central -el negociado de bolsa, la caja de valores y el centro compensador- se han realizado en siete meses 17.606 horas extraordinarias, lo que, según la central anarquista, ha impedido la creación de 17 nuevos empleos.

El sindicato argumenta que la realización de un exceso de horas extras está menos justificada si tiene en cuenta que sólo en los centros de Madrid hay 57 excedentes que han solicitado su reingreso.

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