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El Supremo italiano absolvió en 1985 a Burtet y Placenti de colaborar con las BR

Blanca Cia

Fabrizio Burtet y Clara Placenti, el italiano y la francesa detenidos en Barcelona el pasado viernes tras la explosión de un coche bomba en las proximidades de un cuartel de la Guardia Civil, fueron juzgados y absueltos por la justicia italiana en diciembre de 1984. La magistratura de Génova les juzgó por su supuesta relación o colaboración con actívidades de las Brigadas Rojas. A finales de 1985, el Tribunal Supremo italiano ratificó la absolución, según explico ayer el abogado Mateo Seguí, encargado de la defensa de los dos extranjeros y del anarquista catalán Mariano Felipe Romeu.Tras las resoluciones de la justicia italiana, Burtet y Placenti decidieron salir del país con los dos hijos del primero y se instalaron en Barcelona, ciudad donde tienen amigos. En el interín, Burtet cumplió el servicio militar en su país. Actualmente, los dos detenidos no tienen pendiente ninguna causa por actos o relaciones con terroristas y tan sólo están supuestamente vinculados a delitos comunes, de acuerdo con la versión del letrado.

Por otra parte, el Juzgado de instrucción número 1 de Barcelona denegó ayer la petición de libertad de los tres detenidos solicitada por su abogado. Todavía no se ha determinado cuál será, de forma definitiva, la jurisdicción que se les apficará. No está prevísto que el juzgado decida antes de la semana próxima si el caso corresponde a la jurisdicción ordinaria o a la Audiencia Nacional, competente en delitos de supuestas actividades terroristas. Los detenidos permanecen ingresados en las cárceles Modelo y Wad-Ras.

La dirección de la cárcel Modelo y la de Wad-Ras decidieron ayer aplicar el artículo 10 del régimen penitenciario -aislamiento con el que se sanciona a los presos peligrosos y violentos- a los tres detenidos. La junta de régimen de ambas prisiones ha considerado que su conducta no se adapta al régimen de vida ordinaria y que podrían provocar serios conflictos, según informaciones de Mateo Seguí. El letrado recurrirá esta decisión ante el juez de Vigilancia Penitenciaria porque la medida adoptada por las prisiones es contraria a lo ordenado por el juez al dictar prisión comunicada.

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Sobre la firma

Blanca Cia
Redactora de la edición de EL PAÍS de Cataluña, en la que ha desarrollado la mayor parte de su carrera profesional en diferentes secciones, entre ellas información judicial, local, cultural y política. Licenciada en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona.

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