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El Banco Guipuzcoano, del grupo Banesto, concedió créditos para la compra de sus propias acciones

El Banco Guipuzcoano (en cuyo capital participa con un 30% el Banco Español de Crédito), que está presidido por José María Aguirre Gonzalo, que también fue presidente de Banesto, concedió créditos a particulares para que adquirieran acciones de la propia entidad, vulnerando los preceptos del Código de Comercio y tratando de disminuir nominalmente su nivel de autocartera. Ello se refleja en una sentencia del Juzgado de Primera Instancia de Calatayud, que declara nulo un préstamo concedido por el Guipuzcoano a José Nonay Villalba y Palmira Gil Molinero. El banco recurrirá la sentencia.

El titular del Juzgado de Primera Instancia de Calatayud, César Arturo de Tomás Fanjul, declaró el pasado 26 de septiembre nulo un crédito que el Banco Guipuzcoano había concedido a José Nonay Villalba y Palmira Gil Molinero, por valor de 150 millones de pesetas, con los que habían adquirido 118.000 acciones de dicho banco en los primeros meses de 1981.En aquella fecha, marzo de 1981, se instrumentó una operación de adquisición de acciones del Guipuzcoano, que estaba en una cartera de una sociedad filial del banco, mediante la concesión de un crédito equivalente a la cantidad que costaba la adquisición de dichas acciones. El préstamo, a tres años de duración y el 12% de tipo de interés (muy bajo para los que regían en aquel momento en el mercado), tenía una liquidación de interés semestral.

Entre el Banco Guipuzcoano y los titulares del crédito existió el compromiso de que durante un "período de tres años se pactó el derecho de adquisición preferente a favor del banco, sin perjuicio ni beneficio para los prestatarios compradores de acciones", según se recoge en la sentencia a raíz de las diligencias practicadas por el titular del juazgado.

La fórmula utilizada por el Banco Guipuzcoano para deshacerse nominalmente de un paquete importante de acciones que estaba en la cartera de una de sus sociedades filiales, Consejeros de Inversión, SA y que volvió a esta sociedad cuando se deshizo la operación, ha sido tradicionalmente usada en medios financieros para poder presentar ante el Banco de España una situación de relativa tranquilidad patrimonial.

La autocartera de los bancos, numerosa hace unos años y potenciada por algunas instituciones para impedir caídas de sus niveles de cotización en bolsa, tiene el peligro de que reduce realmente el nivel de recursos propios de dichas entidades, al estar de forma directa o indirecta en la cartera de los propios bancos.

Hasta el pasado año, con la reforma del coeficiente de recursos propios y la obligación legal de que los grupos financieros presentaran el balance consolidado de todas sus sociedades, era bastante difícil conocer con exactitud el nivel de autocartera de las entidades de crédito. De hecho, mediante operaciones fraudulentas como ésta, el volumen de autocartera era imposible de conocer.

La sentencia del juez de Calatayud se limita a declarar nula la operación de préstamo diseñada por el Banco Guipuzcoano, sin entrar en mayores profundidades de lo que puede significar este hecho.

La intervención de la justicia en esta operación se debe a que a finales de 1983 o en los primeros meses de 1984, pero siempre antes de que finalizara el plazo de los tres años de vigencia del crédito concedido, el Banco Guipuzcoano decidió unilateralmente hacer uso de su prerrogativa de venta de las acciones propiedad de José Nonay y su esposa, para anular la operación sin comunicárselo a los titulares.

La venta, realizada a un precio inferior al que tenían las acciones en el momento de la compra, marzo de 1981, produjo unas pérdidas superiores a los 50 millones de pesetas, que el Banco Guipuzcoano decidió pedir al titular del préstamo. La sentencia, al anular la operación en sí misma, hace recaer esta pérdida de 50 millones de pesetas sobre el propio Banco Guipuzcoano.

Pero la operación diseñada ahora hace cinco años refleja una realidad más importante. En esos momentos el Banco de España, en su función de inspección y control de las entidades financieras, venía señalando la necesidad de reducir los niveles de autocartera, que se había mostrado como una más de las causas importantes de la crisis bancaria que estaba a punto de darse por cerrada.Las presiones eran crecientes para con todos los bancos, y de hecho de aquí surgió la operación de venta del 10% del capital del Banco Hispano Americano al Commerzbank, que si bien en un primer momento se quiso presentar como un cambio de acciones entre dos entidades, al final ha acabado siendo la eliminación de una parte importante de la autocartera que tenía el Hispano.

Otras entidades, por el contrario, eligieron la vía de concesión de créditos, directamente o a través de bancos filiales, para eliminar formalmente sus propias acciones, en espera de tiempos mejores para su colocación a través de la bolsa. Éste fue el camino elegido por el Banco Guipuzcoano y por su banco matriz, Banesto.

La operación ahora declarada nula por el Juzgado de Calatayud es buena muestra de ello. Se concede un crédito a tres años con el objetivo de comprar acciones del propio banco a un tipo de interés muy por debajo de los vigentes en el mercado en aquel momento. El 12% de interés registrado en la póliza de José Nonay y su esposa era seis puntos inferior a la media del preferencial de la banca en aquel momento. El crédito se utiliza sólo y exclusivamente para adquirir las acciones. Los intereses devengados y los dividendos recibidos por esas acciones se anotan en la misma cuenta corriente, que no presenta otros movimientos.

Al tiempo, se llega a un acuerdo verbal entre las partes, como reconoce la sentencia, por el cual si antes de la fecha de vencimiento del préstamo se venden las acciones, el titular del crédito y de las acciones no ganará ni perderá nada. De esta forma, el Guipuzcoano puede presentar ante el Banco de España un nivel de autocartera reducido y esperar que suba la bolsa para colocar el papel excedente.

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