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Puestos en libertad los dos oficiales condenados por el 'fusilamiento' de Abena

Los dos oficiales del Ejército de Tierra condenados por su implicación en el simulacro de los fusilamientos de Abena (Huesca) fueron puestos en libertad el pasado día 6 al haber aceptado el Consejo Supremo de Justicia Militar el recurso presentado para que sus penas sean adaptadas al nuevo Código de Justicia Militar. Asimismo el teniente de infantería Jaime Íñiguez Andrade ha ascendido a capitán y el capitán de infantería Carlos Alemán Artiles realiza en la actualidad el curso de ascenso a comandante, según informó ayer uno de los abogados defensores, Martín Ibarra Franco.El consejo, de guerra, celebrado en Zaragoza el 23 de julio de 1985, condenó al capitán Alemán a cinco meses de prisión y al teniente Iñiguez a cuatro meses por un delito de inobservancia de las órdenes recibidas. Ambos militares mandaban la Compañía de Operaciones, Especiales (COE) número 62, con sede en Murguía (Vizcaya), que participó en unas maniobras que se realizaron en el mes de junio de 1984 en la zona de Jaca. Un pelotón de soldados de dicha compañía, al marido del teniente Iñiguez, penetró en Abena el día 6 del citado mes y convocó a los vecinos de la localidad en la plaza pública. Después colocaron junto a la tapia al alcalde pedáneo José Galindo y al vecino Generoso Ara y procedieron "a fusilarlos" con balas de fogueo por ser "confidentes" de la guerrilla.

Los dos oficiales han pasado casi mes y medio en la prisión militar de Alcalá de Henares (Madrid). Los abogados defensores presentaron dos recursos al entrar en vigor el pasado 1 de junio el nuevo Código de Justicia Militar. El primer recurso fue aceptado y aprobado, y según el mismo la pena accesoria de suspensión de empleo no llevará aparejada la pérdida de ascenso.

Esto ha permitido al teniente Íñiguez. ascender a capitán y al capitán Alemán realizar el curso de comandante, que en la actualidad se desarrolla en el centro de interarmas de Zaragoza.

Ibarra Franco manifestó que las infracciones cometidas con anterioridad al nuevo Código de Justicia Militar se juzgan por el antiguo, "pero si el afectado considera que la aplicación del nuevo le beneficia, puede solicitar acogerse a él".

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