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Edición numerada del facsimile de una cedula de 1770 que aprueba un canal navegable en el Manzanares

Pedro Martinengo presentó a Carlos III, en octubre de 1769, un proyecto para construir a su costa, "bajo ciertas Condiciones y Privilegios, unos temporales, y otros perpetuos, Canales de navegación con las aguas de los Rios Manzannares, Jarama, y otros comprehendidos en el distrito de veinte leguas en contorno de Madrid". La real cédula de Su Majestad en la que se le otorgaba la concesión ha sido reproducida en facsímile por Ediciones Almarabu, con una tirada numerada de 999 ejemplares.En la real cédula del rey Carlos III, fechada el 15 de mayo de 1770 en Aranjuez, se recuerda: "De dos siglos á esta parte se ha llegado á tratar varias veces de estas navegaciones. Siempre sin efecto alguno, por haberse intentado, ya con método inasequible, ya sobre el supuesto de que había de costearlas el Real Erario, ó ya por Emprendedores, que no tenían caudal propio". Por ello, el rey Carlos III explica: "Me pareció que no debía desatenderse la expresada propuesta, antes sí examinarse con cuidado".

"Adonde mejor conviniese"

La propuesta de la compañía de Pedro Martinengo se basaba en la construcción de "un canal navegable en el Rio Manzanares, desde el Puente de Toledo hasta el Rio Jarama, y desde allí seguir la navegacion adonde mejor conviniese, a eleccion de esta Compañia, sea sobre las riveras del mismo Jarama, de Henares, 6 de Tajo, pues en qualquiera parte que siga resultarán las ventajas, y bien público".

A cambio de la construcción, el rey Carlos III otorgaba unos privilegios a la compañía naviera "para que por el termino perentorio de treinta años, y en el distrito de veinte leguas en contorno de Madrid, ninguno otro pueda construir Canales de navegacion, ni hacer navegables los Rios, que comprehenden dichas veinte leguas por la parte de Oriente, Mediodia, y Poniente, ni en siete leguas en las corrientes del Rio Manzanares, desde Madrid ácia los Puertos de Guadarrama".

A ello se añadía que "podran transportará su arbitrio qualesquiera efectos, exceptuando solamente los que sean de contrabando; y tendrán el Privilegio exclusivo con el usufruto entero, franco y libre de dicha navegación por el tiempo de 55 años consecutivos"; que concederá igual privilegio perpetuo a 15 barcos suyos propios, del buque que quisieran, exentos de todos los derechos por razón de transporte, así como el privilegio y propiedad de toda la pesca, privativo por el de 100 años, y se le concederá perpetuo en cuatro leguas que elija la misma compañía, "procurando que sean las menos inmediatas a Madrid".

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Se decía también que la compañía "tendrá derecho y acción al uso de Canteras públicas ó particulares, con todos los Privilegios que gozan las Obras Reales; y si fuese necesario abrir algunas nuevas, lo podrá hacer pagando á los dueños de los terrenos".

El facsímile que recoge la real cédula de Su Majestad Carlos III ha sido editado por Ediciones Almabaru. Consta de una tirada numerada, limitada a 999 ejemplares, y la impresión se realizó en los talleres de Notigraf, al cuidado de Antonio Ortega. Se terminó de imprimir el pasado día 14 de abril de 1986.

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