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Las leyes sobre las lenguas de las autonomías, declaradas constitucionales

Las leyes sobre normalización del catalán, el euskera y el gallego han sido declaradas constitucionales por el Tribunal Constitucional, salvo en determinados aspectos de tipo formal.Los criterios del alto tribunal son los de que no se pueda imponer a nadie el aprendizaje de otro idioma que no sea el castellano y que a nadie se le pueda impedir utilizar el castellano. Ésta ha sido la razón por la que se ha declarado inconstitucional un párrafo de un artículo de la ley normalizadora del euskera que disponía que en los expedientes o procedimientos entre varias personas, en caso de desacuerdo sobre el idioma, se emplearía el que dispusiera el promotor del expediente.

El tribunal, al desarrollar el artículo 3 de la Constitución, señala que la cooficialidad de las lenguas en los territorios autonómicos afecta a todos los poderes públicos radicados en ellos, "sin exclusión de los órganos dependientes de la Administración central y de otras instituciones estatales en sentido estricto, siendo, por tanto, el criterio delimitador de la oficialidad del castellano y de la cooficialidad de otras lenguas españolas el territorio, independientemente del carácter estatal, autonómico o local de los distintos poderes públicos". El Tribunal Constitucional insta así al Estado a que garantice la promoción tanto del castellano como de los otros idiomas oficiales en las autonomías.

En Cataluña se ha minimizado la declaración de inconstitucionalidad de dos aspectos de la ley, aunque los nacionalistas han acusado al PSOE de "controlar" el tribunal. En el País Vasco, la sentencia se ha acogido con satisfacción, porque los artículos más conflictivos han sido refrenda dos. En Galicia, los nacionalistas, en cambio, consideran gravísima la decisión.

Páginas 16 y 17 Editorial en la página 12

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