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La Audiencia Nacional se niega a suspender la expulsión del estudiante libio Ben Hamida

La Audiencia Nacional ha resuelto no suspender la orden de expulsión del territorio español dictada por el Ministerio del Interior contra el estudiante libio Abderraman Ben Hamida, que continúa ilocalizable en algún lugar de Alicante. En el auto dictado por la Audiencia Nacional se justifica su decisión "en consideración al interés general", según manifiestó a EL PAÍS Francisco Ruiz, uno de los abogados de Ben Hamida.Francisco Ruiz señaló a este periódico que en el expediente no figura ni un solo dato concreto que respalde la acusación formulada por el Ministerio del Interior contra Ben Hamida, al que en su informe las autoridades españolas acusan de pertenecer a. las Brigadas Verdes y los Comités Revolucionarios. Abderraman Ben Hamida ha negado en todo momento su vinculación a cualquier organización de tipo político y, en concreto, a estas dos. Tampoco la Audiencia Nacional, según Francisco Ruiz, explica qué entiende por interés general ni qué motivos atentan contra éste en su resolución dictada el pasado martes, según los abogados del estudiante libio.

Ben Hamida conoció la noticia de que la Audiencia Nacional no había accedido a la suspensión de su orden de expulsión en la tarde del martes, y por el momento sigue escondido, mientras la policía continúa su búsqueda. En opinión de Francisco Ruiz, la resolución de la Audiencia Nacional "es una contrariedad", y ayer se estudiaba la posibilidad de presentar un recurso ante el Tribunal Supremo.

Sin embargo, comentaron fuentes de la defensa del estudiante libio en Alicante, es poco probable que se tramite este recurso, ya que se tardaría más en conocer, la decisión del alto tribunal que la sentencia de la Audiencia Nacional sobre la posible nulidad de la orden de expulsión, que es lo que pretenden los abogados. La Audiencia Nacional ha dado a éstos un plazo de ocho días para aportar más pruebas y formalizar la demanda de impugnación de la validez de la orden de expulsión. A ello deberán contestar el abogado del Estado y el ministerio fiscal antes de que se pronuncie el tribunal.

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