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La sociedad W. & H. Trade Marks Ltd., propietaria de Dry Sack, intervenida judicialmente en la isla de Jersey

La firma W. & H. Trade Marks (Jersey) Ltd., a la que José María Ruiz-Mateos transfirió el 25 de febrero de 1976 la propiedad de la marca de vino de jerez Dry Sack, se encuentra intervenida desde el pasado mes de febrero por las autoridades judiciales de Jersey (islas del canal), quienes, atendiendo, un requerimiento flarmulado ante el juzgado de primera instancia de dicha isla por los dueños de Williams & Humbert, el Patrimonio del Estado español tras la expropiación, ha nombrado un viscount o administrador judicial en la sociedad.

La apelación contra esta decisión, formulada por los abogados de Ruiz-Mateos, ha sido fallada en contra el pasado martes 29 de abril, al señalar el juzgado que "no procede en derecho el levantamiento solicitado de la figura del viscount". El fallo fue conocido el lunes, 5 de inayo, por los abogados de Ruiz-Mateos y por el Patrimonio del Estado.Los jueces de Jersey, por tanto, han ratificado el nombramiento de ese administrador, que debe velar a partir de ahora por los intereses de los activos de la sociedad, la marca Dry Sack.

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La nueva situación relacionada con la firma de Jersey es considerada en medios del Patrimonio como una importante victoria de las tesis oficiales espaflolas, de cara a conseguir la propiedad de Dry Sack en los numerosos países en que está registrada. Fuentes de la Administración han señalado que su intención al pedir la intervención judicial era impedir que Ruiz-Mateos pudiera vender, a traves de W. & H. Trade Marks, la marca Dry Sack a terceras partes que, obrando de buena fe, pudieran adquirirla en alguno de los países en que está registrada a nombre de la firma de Jersey.

Tras la sentencia de la corte de Londres favorable a las tesis del Gobierno español, se presentan dos vías para recuperar la propiedad de la marca: tratar de hacer efectiva esa sentencia en otros países, o que sea la propia sociedad a cuyo nombre está registrada la marca la que efectúe la operación.

Ruiz-Mateos pierde el control

Esta última posibilidad era imposible para las tesis del Estado español en tanto en cuanto dicha sociedad estuviera controlada por Ruiz-Mateos, como hasta el momento. La aparición de un administrador judicial supone la práctica pérdida de control por Ruiz-Mateos de W. & H. Trade Marks (Jersey) Ltd.

Fuentes próximas al empresario jerezano han restado importancia al tema: "Éste es un asunto, secundario, porque la sociedad no tiene actividad ninguna. Precisamente en base a ese argumento hemos apelado, y vamos a apelar de nuevo fundamentando nuestra argumentación en razones de hecho".

El Patrimonio, por el contrario, juzga muy importante el control de la sociedad de Jersey para una vez que la sentencia de Londres se haga firme. En cuanto esto ocurra, se llevará a la corte de Jersey para que la ratifique y acepte, de forma que será entonces el propio administrador judicial de W. & H. Trade Marks (Jersey) Ltd. quien solicitará la transferencia de la marca en todo el mundo a nombre de Williams & Humbert.

El Estado español y Ruiz-Mateos mantienen desde 1983 tres pleitos por la Rumasa exterior: en Londres, en Estados Unidos y en la isla de Jersey. Las de Londres y EE UU se refieren a declarar nula la transferencia de la propiedad de la marca; la de Jersey, a la reclamación española sobre la propiedad de las acciones de W. & H. Trade Marks.

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