Ruiz-Mateos ha pedido el reconocimiento de sus derechos sobre Dry Sack en el Registro de Marcas de Washington
José María Ruiz-Mateos está en espera de la respuesta de la Oficina del Registro General de Marcas de Washington a su petición, formulada a primeros de febrero del año en curso, de que se reconozcan sus derechos y los de sus hermanos sobre la marca Dry Sack como propietarios benericiarios tanto de Williams & Humbert como de la compañía del Canal de la Mancha W & H Trade Marks (Jersey) Ltd. José María Ruiz-Mateos parece haber tomado claramente la delantera en Estados Unidos a la Administración española.
Ruiz-Mateos, de la mano de su abogado norte americano, Arthur Teele, está decidido a jugar a fondo sus bazas ante los tribunales norteamericanos, aprovechando las peculiaridades de la legislación mercantil estadounidense, mientras la Administración da muestras de cansancio ante una serie de pleitos que pueden eternizarse, y no parece haber reaccionado por el momento.La estrategia de Ruiz-Mateos se basa en la existencia en Estados Unidos de una ley anticonfiscatoria que protege la propiedad de activos radicados en Estados Unidos por parte de sus beneficial owners, independientemente de que esos beneficiarios últimos sean o no residentes o ciudadanos de Estados Unidos. Considerando a Dry Sack como un activo dentro del mercado norteamericano, la familia Ruiz-Mateos ha presentado en el registro una copiosa documentación -operación repetida en otros 11 países, que con EE UU suponen más de] 90% de las ventas de Dry Sack en el mundo- para intentar demostrar que es la beneficiaria del activo Dry Sack, radicado en EE UU, como propietaria al 100% tanto de la compañía Williams & Humbert, actualmente en manos del Patrimonio del Estado español tras la expropiación de Rumasa, como de la firma de Jersey W & H Trade Marks Ltd.
No se trata, pues, de que José María Ruiz-Mateos haya pedido en Estados Unidos el registro de la marca Dry Sack a su nombre, sino de lograr el reconocimiento por la justicia norteamericana de los derechos de los hermanos Ruiz-Mateos sobre dicha marca, como beneficiarios últimos tanto de Williams como de la sociedad radicada en Jersey. Según fuentes próximas al ex presidente de Rumasa, "para que se reconozca este derecho lo único que tenemos que demostrar es que no hemos sido indemnizados en España, en cuyo momento dejaríamos de gozar de esa condicion de beneficiarios".
Demostrar el 'agujero'
En esta línea argumental, la Administración española se verá así obligada a desempolvar en Estados Unidos todo el affaire de la expropiación de Rumasa para demostrar. la existencia'del agujero que ha impedido la indemnización de los expropiados, al margen del tema de la constitucionalidad o no de la decision expropiatoria, en lo que aparentemente no entraría la justicia norteamericana.Mientras tanto, la Dirección General del Patrimonio del Estado se ha limitado a viajar a Estados Unidos, hacer algunas averiguaciones sobre la sociedad registrada por Ruiz-Mateos en el Estado de Delaware, comprobar que no tiene actividad mercantil alguna y esperar. De hecho, la Administración ha tenido noticia de la iniciativa del abogado Teele, tomada en febrero pasado, hacia mediados de la semana pasada. La estrategia oficial se orienta ahora a esperar la respuesta del registro de marcas de Washington a la petición de Ruiz-Mateos para actuar.
Por otra parte, la Administración española se encuentra de alguna forma paralizada por la tardanza de la orden de ejecución de la sentencia del tribunal de Londres, que el pasado 26 de marzo dio plenamente la razón al Patrimonio. Con esa sentencia en la mano, la Administración española podría inmediatamente solicitar la inscripcion en los distintos registros nacionales, entre ellos en el de Estados Unidos, de la propiedad de marca a nombre de Williams & Humbert.
Pero para cuando eso ocurra los abogados de Ruiz-Mateos esperan neutralizar esa operación en EE UU haciendo valer la existencia del procedimiento ya relatado, iniciado por ellos en febrero pasado. Normalmente, esa oficina de registro en Washington no tiene capacidad legal para fallar la petición formulada, por lo que el procedimiento, superado el trámite administrativo actual, seguirá su curso hacia instancias superiores, el Tribunal Federal y el Tribunal Supremo norteamericano.
Pleito abierto desde 1983
El Estado español y Ruiz-Mateos tienen abierto un pleito en Estados Unidos desde septiembre de 1983, paralelo al que ha venido desarrollándose en la Corte británica y con idéntico planteamiento: la propiedad de la marca Dry Sack, que en el registro de marcas norteamericano cuenta con dos anotaciones, una a favor de Williams & Humbert y otra a la de la sociedad de Jersey.Como en el caso británico, también en Estados Unidos se logró en 1983 un statu quo en espera del fallo de la justicia británica, anotándose en el registro una cláusula, que no fue posible Introducir en otros países como en la RFA, por la que se advertía a posibles terceros interesados del pleito que por la propiedad de la marca se estaba siguiendo en Londres. Mientras tanto, en el acuerdo norteamericano se citaba igualmente que Williariís podría seguir comercializando Dry Sack en EE UU hasta tanto no hubiera fallo en Londres.
Los actuales propietarios de Williams, el Patrimonio del Estado, están a la espera de una decisión del registro de patentes de Washington para reactivar el pleito de 1983 hasta ahora congelado, con la idea de incorporar la sentencia de la corte británica al sumario norteamericano.
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