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El Grupo Socialista aprueba la acción popular contra jueces y magistrados

La Comisión de Justicia del Senado, que concluyó ayer su dictamen sobre el proyecto de ley orgánica del Poder Judicial (LOPJ), endureció el régimen de jubilaciones de los jueces, magistrados y fiscales, suavizado por el Congreso. Otras novedades introducidas en el Senado fueron la posibilidad de que se ejerza la acción popular contra jueces y magistrados y la congelación de la actual cúpula judicial hasta tanto se constituya el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), de acuerdo con el nuevo sistema de elección.La mayoría socialista acogió la propuesta del senador del Grupo Mixto Rafael Fernández-Piñar e introdujo en el artículo 412 que el juicio de responsabilidad penal contra jueces y magistrados sólo podrá incoarse por providencia del tribunal competente o en virtud de querella del ministerio fiscal o del perjudicado u ofendido "o mediante el ejercicio de la acción popular".

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Asimismo, se aprobaron otras enmiendas socialistas por las que se congela la actual cúpula judicial. El texto aprobado por el Congreso establecía que los presidentes de Sala del Tribunal Supremo y de las audiencias territoriales y provinciales continuarían desempeñando su cargo hasta que fueran nombrados los magistrados que hubieran de sustituirles. Según lo aprobado por la Comisión de Justicia del Senado, tales cargos judiciales continuarán en sus cargos hasta que sean sustituidos en el plazo de tres meses después de la constitución del CGPJ por el sistema de elección parlamentaria.

La comisión suprimió en el régimen de jubilación de jueces, magistrados y fiscales, el reconocimiento, como servicios prestados, a efectos de derechos pasivos, de todo el tiempo que les faltaba para alcanzar la jubilación forzosa. Curiosamente, en la votación se unió a los socialistas el portavoz del Grupo Popular. Debió ser por error, ya que las propuestas de este grupo, todas ellas rechazadas, iban en sentido muy distinto. Entre otras cosas, proponían suprimir como falta grave las recomendaciones de asuntos de los que conozcan los juzgados y tribunales; limitar el régimen de incompatibilidades judiciales y el de sanciones, y establecer premios especiales para los miembros de la carrera judicial.

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