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El peso de una sentencia constitucional

( ... ) La sentencia del Tribunal Constitucional muestra, una vez más, la tremenda trascendencia de una frase, deslizada por unos u otros en el texto constitucional, que fue de consensos y transacciones, de equilibrios delicados y fórmulas vagas. No ha entendido el tribunal que fuera una fórmula vaga la que va al principio del artículo 15, que habla también de la tortura, los tratos inhumanos y la pena de muerte, y se ha inclinado por el no a la ley estudiada. Como en el caso de la LOAPA, precedente de obligada memoria, el Tribunal Constitucional ha puesto patas arriba un largo proceso que, arrancando del Ejecutivo, se coronó con la solemne aprobación de una ley por el legislativo. Ha actuado como poder. ( ... )Resulta claro en principio que, salvo que se quiera trastocar el equilibrio constitucional, lo que importa es mantener el respeto y acatamiento a las decisiones del Tribunal Constitucional, ya resulten favorables o contrarias. Pero ese principio no impide que aumente más la ya elevada temperatura producida por las tensiones entre el Gobierno y los jueces y magistrados, especialmente a propósito de la elección de todos los miembros del Consejo General del Poder Judicial por los parlamentarios, contra lo que parece desprenderse del artículo 122 de la Constitución. Ocho de los miembros del Tribunal Constitucional fueron propuestos por los parlamentarios, aunque en una legislatura sin mayoría absoluta y con participación en la propuesta de varias fuentes. De ahí lo que se apuntaba días pasados de dejar para una próxima legislatura la elección de los miembros del Consejo General del Poder Judicial, manteniendo que han de ser propuestos todos ellos por los parlamentarios.

Barcelona, 12 de abril

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