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El juez del 'caso Banca Catalana' desestima el cuarto recurso de reforma presentado por los fiscales

Ignacio de Lecea, juez instructor delegado para el sumario sobre Banca Catalana, dictó ayer un auto desestimando el cuarto recurso de reforma planteado por los fiscales Carlos Jiménez Villarejo y José María Mena, en el que se reclamaba la tramitación de determinadas pruebas. El auto del juez instructor, en el que se razona la negativa dada al ministerio público, fue depositado en la Fiscalía de la Audiencia Territorial de Barcelona ayer a las dos de la tarde, ocho días después de que se cumpliera el plazo establecido por la ley de Enjuiciamiento Criminal para responder a las cuestiones esgrimidas por los acusadores públicos.

Los fiscales encargados del caso se negaron a comentar el contenido del documento, alegando que no habían tenido tiempo para leer y estudiar los ocho folios del auto. Aseguraron que estudiarían en las próximas horas la respuesta dada por el juez Ignacio de Lecea y a tenor de esta respuesta tomarían una decisión; ésta podría consistir en la presentación de un nuevo recurso de queja ante la Audiencia ,de Barcelona. "En cualquier caso, el recurso se plantearía dentro de plazo y con la diligencia que nos caracteriza", aseguró el fiscal José María Mena. Si se formaliza este recurso, el Pleno de la Audiencia Territorial de Barcelona debería reunirse nuevamente, siendo ésta la cuarta vez que lo hace desde que se presentó la querella.Los Fiscales presentaron el cuarto recurso de reforma y subsidiario de apelación el pasado 3 de enero, insistiendo en una serie de pruebas planteadas el pasado 20 de diciembre, entre las que se encontraba la de "requerir" personalmente y de manera urgente al querellado Jaume Carner para que explicara documentalmente en qué se habían invertido los 400 millones que le habían sido concedidos por Banca Catalana y que fueron parcialmente devueltos. El juez Ignacio de Lecea desestimó la petición alegando que la fórmula de "requerimiento, personal y urgente" planteada por los fiscales era "conminatoria". El juez ofreció una posibilidad más "conciliadora", consistente en "invitar" a Carner para que aportara los documentos a través de un procurador. Según los fiscales, esta posibilidad era inaceptable, ya que infringía la Constitución y el artículo 311 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, además de introducir una fórmula inexistente en el procedimiento penal e "incorporando criterios próximos al proceso civil".

El pasado 9 de enero el letrado de Jaume Carner presentó un escrito en el juzgado, en el que se expresa la oposición a las peticiones de los fiscales y se apoyan las razones expuestas por el juez Lecea en su providencia del 27 de diciembre. El letrado de Jaume Carner aseguraba que éste no había realizado ninguna defraudación y que, por consiguiente, no tenía qué aportar ninguna documentación y menos hacerlo personalmente, ya que se encontraba enfermo.

Los recursos planteados hasta ahora por los fiscales se han referido siempre a polémicas sobre cuestiones formales, pero con una gran trascendencia sobre la manera de abordar el tema. El primer recurso se planteó por la negativa de la Audiencia de Barcelona a aceptar la querella a trámite. El segundo recurso se formalizó a raíz de la polémica sobre la forma en que debía prestar declaración Jordi Pujol. En aquella ocasión, el juez Lecea propugnó una fórmula de declaración escrita, mientras que los fiscales aseguraban que debía ser oral. El tercer recurso se planteó ante la negativa del. juez a permitir que los fiscales hicieran fotocopia de la documentación aportada por los propios fiscales y por los implicados.

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