El coste fiscal del matrimonio
El actual impuesto sobre la renta penaliza a los matrimonios con ambos cónyuges trabajando y favorece las situaciones de separación de hecho. Pero, además, la Dirección General de la Inspección Financiera y Tributaría obliga a esta componenda a algunos de sus funcionarios, entre los que me encuentro, sin duda con ánimo progresista y liberalizador de trabas sociales.Este matrimonio clásico hasta marzo de 1984, compuesto por dos funcionarios de Hacienda, se acogió por esa fecha al Real Decreto 1.778/83, que se hizo para facilítar el traslado de funcionarios a las comunidades autónomas y en el que mi esposa obtuvo plaza para la comunidad aragonesa. Dicho real decreto garantizaba, entre otras maravillas, plazas a los cónyuges no trasladados en concepto de comisión de servicio; pues bien, aún estoy esperando.
Después de este período largo y completamente kafkiano, con múltiples consultas, gestiones, pasillos, etcétera y decirme que ya estaba todo en orden, la inefable Dirección General mencionada se descuelga con la siguiente frase: "De Barcelona no se mueve nadie".
Después de tener a la familia a 300 kilómetros y verla los fines de semana, desde hace ocho meses, nos queda la solución de la separación legal, que por cierto debería correr a cargo del Ministerio de Hacienda, y además nos beneficiaría en el impuesto y daría la razón al señor Borrell, mi jefe, cuando dice que el matrimonio sólo perjudica al 4% de los contribuyentes.-
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