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Los pactos sobre productividad no pueden romper la banda salarial, según la CEOE

El tope máximo de incremento salarial en la próxima negociación colectiva será el 7,5%, límite fijado en la banda salarial pactada entre UGT y la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) en el Acuerdo Económico y Social (AES). Este tope no podrá romperse ni con acuerdos específicos sobre productividad, según la circular que sobre negociación colectiva ha dirigido la CEOE a sus organizaciones, y que contradice los criterios defendidos en este aspecto por la UGT.

La Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) defenderá que el tope salarial en la próxima negociación colectiva sea el 7,5%, recogido en el acuerdo interconfederal suscrito entre la patronal y UGT. Para la CEOE ningún pacto sobre productividad puede romper estos límites, y el propio texto del AES establece que a la hora de fijar los incrementos salariales para 1985 se tendrán en cuenta "factores como la situación económica de las empresas, la creación de empleo, la vigencia de convenios colectivos, así como la aplicación de lo establecido sobre productividad y absentismo en el artículo 6 del acuerdo interconfederal".Fuentes de la patronal señalaron ayer que, precisamente para evitar la interpretación que ahora efectúa UGT, se incluyó en el acuerdo el texto precedente que no da posibilidad alguna de romper los topes pactados.

Según los criterios de la CEOE, aunque el artículo 6 se refiere a la posibilidad de negociar pactos específicos sobre productividad, cuya rentabilidad habrá de destinarse a sanear la empresa (si se encuentra en crisis), o a crear empleo e incentivar salarialmente a los trabajadores afectados, ello no quiere decir que puedan saltarse los topes salariales. Por el contrario, cualquier incremento habrá de hacerse teniendo en cuenta precisamente los factores de productividad.

La circular remitida por la CEOE es incluso en este aspecto mucho más restrictiva sobre el concepto de banda salarial. Y así, se advierte que "los sindicatos tenderán a formular peticiones salariales situadas en la parte alta de la banda sin contrapartidas". En esos casos, la CEOE se muestra partidaria de rechazar las propuestas. La patronal subraya que como criterio general, los incrementos que se pacten con los representantes de los trabajadores deben incluir los denominados "deslizamientos (antigüedad, reclasificaciones)".

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