Los presos 'ultraderechistas'
Haciendo uso del derecho de réplica, en orden a un artículo aparecido en su periódico el pasado día 19 de septiembre, y en el cual se mencionan ciertas consideraciones referentes a supuestos beneficios concedidos a presos que ustedes mal llaman ultraderechistas, he de hacer constar lo siguiente:Profunda extrañeza causa la posición adoptada por su periódico en relación a la adquisición de unos derechos reconocidos como tales en el ordenamiento penitenciario vigente, máxime cuando no han sido pocos los artículos en los que mencionan no sólo beneficios, sino auténticas medidas de gracia para presos de ETA, sin que ello haya inducido a preocupaciones ni por parte de ustedes ni por parte de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias. Pero no sólo causa extrañeza tal situación, sino auténtico estupor, al considerar los distintos caminos utilizados para alcanzarlos. Así, ETA ha llegado a su situación a través de la coacción armada; por el contrano, nosotros no hemos utilizado sino las vías judiciales propias del Estado de derecho que ustedes dicen defender.
Efectivamente, el único beneficio conseguido, que no es tal, sino auténtico derecho consagrado en la ley orgánica General Penitenciaria, es el de la progresión de grado de tratamiento, concretamente del primero al segundo. Tal progresión no reporta beneficio alguno; únicamente traerá consigo la posibilidad de obtención de permisos de salida, cuya concesión depende de la discrecionalidad del juez de vigilancia, quien, a internos que cumplimos los requisitos exigidos por la ley, nos la ha nega
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