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La inmunidad jurídica de los políticos

La desaparición de la desigualdad jurídica del antiguo régimen, dio un paso definitivo con la Declaración de los Derechos del Hombre, de 1789, que proclamó la igualdad de todos los hombres ante la ley. Ello significó un cambio radical para la situación de nobles poderosos que eran castigados con penas más suaves en su ejecución y de carácter menos deshonroso que las impuestas a los humildes. El principio fue confirmado después en la Declaración Universal de los Derechos del Hombre de 1948.En el campo penal la igualdad jurídica ha significado la consagración del dobló principio de que a todos los hombres se les aplican las mismas leyes y de que todos son objeto de idéntica protección penal. Principio que sólo admite excepciones relativas a los jefes de Estado, diputados, senadores y diplomáticos. Las inmunidades parlamentarias fueron concedidas en su origen como un medio de reforzar la situación precaria de las, asambleas elegidas frente al poder. Los posteriores progresos de los Parlamentos hacen que su justificación sea menos evidente y a veces se consideren más bien como privilegios que se otorgan los mismos interesados, según la doctrina más reciente.

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El tema ha sido abordado precisámente por el actual presidente de la Audiencia Territorial de Barcelona, Cesáreo Rodríguez Aguilera, en su tesis doctoral sobre El poder judicial en la Constitución. El magistrado comenta la excepción de carácter político constitucional al principio de igualdad que constituye la inviolabilidad e inmunidad que gozan los diputados y senadores, y el privilegio de competencia jurisdiccional que repecto de ellos se establece en la Constitución.

"Tradicional en el derecho constitucional español y extranjero", afirma Rodríguez Aguilera", "la inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones resulta lógica, como garantía de la libertad política. La inmunidad, en cambio, que impide que sean detenidos, salvo en caso de flagrante delito, inculpados o procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva, debería restringirse a los casos que tuvieran relación con las actividades propias de su función de parlamentarios, excluyendo aquellos otros que nada tienen que ver con ellas".

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