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Servicios mínimos en las huelgas de transporte público por carretera

Las situaciones de huelga que afecten a todo o parte del personal laboral de las empresas titulares de servicios de transporte público por carretera estarán condicionadas al mantenimiento de los servicios públicos esenciales que presten dichas empresas, según un real decreto de la Presidencia del Gobierno publicado ayer por el Boletín Oficial del Estado, por el que se garantizan la prestación de servicios mínimos en los transportes por carretera.El ámbito de aplicación del decreto afectará a aquellas empresas que presten servicios de transporte cuyo itinerario supere el territorio de cualquier comunidad autónoma, en cuyo caso será el Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones quien fije el porcentaje de personal necesario para la prestación de los servicios mínimos.

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