_
_
_
_

El ayuntamiento intenta embargar a un vecino tras admitir que se le exige, por error, un tributo de 2.283.011 pesetas

Un vecino de Madrid, Jesús Rodríguez Vicente, lleva cuatro años soportando el peso ciego de los servicios recaudatorios del Ayuntamiento madrileño, que se niegan a corregir un error de bulto, desoyen en la práctica las protestas del contribuyente y le amenazan periódicamente con sanciones económicas cada vez más graves. A JesúsRodríguez se le reclama desde hace varios años el pago del impuesto de plusvalía de un piso por valor de 1.900.820 pesetas, cuando lo que le corresponde pagar en realidad es unas 10.000 pesetas. El 1 de marzo de 1984, después de reconocer reiteradamente que Rodríguez tiene razón y que todo se debe a un error, los funcionarios del Ayuntamiento hicieron llegar a su víctima el último aviso: si no paga en el espacio de tres días, plazo que ya ha terminado, se procederá al embargo de sus bienes.

Las cuitas de Jesús Rodríguez recuerdan inevitablemente las pesadillas kafkianas. Para la máquina burocrática del Ayuntamiento, Jesús Rodríguez es menos una persona que un contribuyente, menos un trabajador que tuvo la osadía de comprarse un piso que el sujeto pasivo del expediente sancionador número 87.373. Casado, con dos hijos de 10 y 17 años, mando intermedio de un gran hospital madrileño, Rodríguez compró, a últimos de 1979, un piso situado en la colonia residencial Doctor Esquerdo, en la calle de Fernández Shaw, 2, construido por la Inmobiliaria Soria, S. A, con sede social en el número 68 de la calle de Zurbano.

Un error claro

En el verano de 1980, los otros 306 vecinos que habitan la urbanización liquidaron al Ayuntamiento el impuesto de plusvalía con cantidades que oscilaban en torno a las 10.000 pesetas. Jesús Rodríguez, sin embargo, recibió el 4 de junio de ese año una notificación de pago, fechada el 30 de mayo, que le exigía el abono de 1.900.820 pesetas, calculado sobre la base de estimar en 2.170 metros cuadrados la superficie de su vivienda.Estaba tan claro que se trataba de un error que, aunque preocupado, Jesús Rodríguez se tranquilizó cuando explicó su caso a una funcionaria del departamento tributario, en la calle del Plomo, 14, y aquélla le contestó que no pasaba nada, que daría cuenta del caso inmediatamente para que se aclarara y se le practicara una liquidación del arbitrio ajustada a la realidad.

Cuentas bloqueadas

Meses más tarde, Rodríguez recibió un nuevo oficio en el que se le instaba a pagar la cantidad exigida antes, pero con un recargo del 20%. La adeudada ascendía ya a 2.282.911 pesetas. Nueva visita a las ventanillas recaudatorias y nuevas disculpas por lo que, obviamente, era un error que "inexplicablemente" no había sido subsanado a tiempo.Sin embargo, el 2 de diciembre de 1982; Jesús Rodríguez recibe un nuevo oficio, enviado por la recaudación ejecutiva de la zona novena, distrito Retiro-Mediodía. Se le notificaba que, al no haber pagado su deuda, se ordenaba el bloqueo de las cuentas corrientes y de ahorro que pudiera tener abiertas en los bancos madrileños y el embargo de sus saldos. El documento, modelo 115, advertía severamente que "no se podrá efectuar este pago, de existir débitos anteriores".

Aquello fue terrible. Rodríguez pensó que su vergüenza sería pública. Si le bloqueaban la cuenta, en el banco se enterarían de su presunta insolvencia, y también la constructora, puesto que no podría pagar las letras mensuales del piso. Explicó lo que pasaba a los funcionarios de su banco, pero allí le dijeron que no podían hacer nada, al margen de que estuvieran convencidos de su inocencia. Si llegaba una orden de embargo de las cuentas, la entidad debía acatarla. Sin embargo, la advertencia de bloqueo nunca llegó a hacerse realidad.

Protesta por escrito

Rodríguez se decidió a elevar protesta por escrito. El 9 de diciembre presentó un recurso ante el departamento tributario sobre la propiedad, sección de recursos, arbitrio de plusvalía, impugnando el procedimiento de apremio, "ya que la transmisión se refiere a una trescientas sieteava parte de la parcela, habiéndose incurrido en consecuencia en error material en la liquidación practicada". El contribuyente había comprobado con sus propios ojos como el funcionario que le atendió estampaba un sello oficial en su recurso y escribía de puño y letra: "Se va a proponer baja por error material en la superficie". Finalmente, Rodríguez había podido demostrar que su piso no tenía 2.170 metros cuadrados.Todo fue inútil. El 1 de marzo de 1984 la oficina de recaudación, ejecutiva de la citada zona novena notificó al anonadado vecino de Madrid Jesús Rodríguez que disponía de tres días para liquidar su deuda de 2.283.011 pesetas, "advirtiéndole que transcurrido el plazo señalado se procederá al embargo de los bienes que sean conocidos por esta recaudación, saldos que puedan figurar a su favor en las entidades bancarias y cajas de ahorro así como, en su caso, de los que pueda tener noticia a través de los registros públicos y demás sitios de rigor".

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_