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El próximo Consejo de Ministros estudiará la ley sobre Libertad de Expresión

El Consejo de Ministros del próximo miércoles estudiará el anteproyecto de ley orgánica Reguladora del Ejercicio del Derecho a la Libertad de Expresión. Ayer fue estudiada por la comisión de subsecretarios, reunida en la Moncloa. La nueva ley está concebida como un derecho de los ciudadanos, y no de las empresas o los profesionales. Su filosofía está basada en la supresión de la actual ley, que en su conjunto se consideraba un texto represivo.

Con su entrada en vigor quedará derogada la actual Ley de Prensa, conocida como ley Fraga, que data de 1966. La nueva ley orgánica supone el desarrollo del artículo 20 de la Constitución en dos aspectos fundamentales: el secreto profesional y la cláusula de conciencia.

El borrador estudiado ayer por los subsecretarios está sujeto a algunas modificaciones de carácter técnico-jurídico, pero en fuentes del Ministerio de Cultura, que ha sido el encargado de su redacción, se estima que el texto no sufrirá variaciones sustanciales. Aunque el próximo Consejo de Ministros debatirá el tema, no figurará en el orden del día para su aprobación.

El artículo 20 de la Constitución reconoce el derecho a expresar libremente pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. Teniendo en cuenta el apartado a) del artículo, la nueva ley renuncia a la tradicional denominación de Prensa e Imprenta. De acuerdo con el apartado d), la regulación fundamental corresponde al-derecho a, la cláusula de conciencia y al secreto profesional.

Secreto de las fuentes

Para el secreto profesional se va a legislar el derecho de quienes realizan labores de información a no revelar sus fuentes. No obstante, en este apartado existen algunos límites.Para la cláusula de conciencia se prevé la posibilidad del cambio de orientación ideológica de una empresa y se salvaguarda con ello la libertad de expresión de su plantilla profesional.

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Reunión con las partes

También contempla la nueva regulación jurídica el apartado cuarto del artículo 20 de la Constitución, que hace referencia al límite de las libertades por el respeto al honor, la intimidad, la propia imagen y la protección de la juventud y de la infancia. En este sentido, quedarán establecidas las normas de circulación de publicaciones con contenido estimado pornográfico.El texto de la ley, muy breve, recoge también en una de sus apartados una modificación de un decreto de 1982 sobre inversiones extranjeras en España. Aquellas empresas de este sector que deseen establecerse en nuestro país tendrán que someterse a la legislación general sobre capitales venidos de fuera.

Tras el estudio del texto de la ley por el Consejo de Ministros del próximo miércoles, se celebrará el día 21 una reunión gubernamental con representantes de la Asociación de Editores de Diarios, Asociación de la Prensa, Unión de Periodistas y centrales sindicales. El Gobierno desea dar a conocer este anteproyecto a las partes interesadas directamente antes de hacer uso público del mismo.

Mediante la presente ley no queda regulada la profesión periodística. Por lo que se refiere a este apartado, es deseo del Gobierno que sean las partes profesionales, mediante acuerdo, las que establezcan los mecanismos idóneos para tal fin.

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