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Los carnés de conducir

podrán renovarse con posterioridad a su caducidad y no el mismo día en que ésta se produzca, según un proyecto de decreto preparado por la dirección general de Tráfico y pendiente de consideración por el Consejo de Ministros, informa Europa Press. El plazo para esta renovación será entre un mes y dos años después de la caducidad. Actualmente, el retraso en la renovación acarrea multas de diversa cuantía.

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