Retirada del carné
Ante las declaraciones efectuadas por el director general de Tráfico, José Luis Martín Palacín, acordando la retirada de los carnés de conducir a los conductores que acumulen seis infracciones impagadas en un año, me es muy grato comunicarle que dicho acuerdo no es posible que se cumpla porque una sentencia del Tribunal Supremo, con fecha 12 de febrero de 1977, prohíbe a los ayuntamientos promover la retirada del carné de conducir. Me extraña enormemente que tanto el señor Martín Palacín como sus asesores jurídicos no hayan caído en este dato tan importante que invalida el artículo 289 del Código de Circulación por el hecho de no pagar las multas municipales.Asimismo las discusiones que por estas declaraciones se han suscitado, nadie ha sacado a relucir esta sentencia del Tribunal Supremo, que creo que es de vital importancia. /
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