La situación de parado, equiparada a una atenuante por la Audiencia de barcelona
La sección tercera de lo penal de la Audiencia Provincial de Barcelona ha dictado una sentencia en la que se contempla la circunstancia de paro laboral como atenuante en un delito de robo. La resolución ha sido calificada en medios judiciales como "muy importante".
Ayer se especulaba con la posibilidad de que sea utilizada como antecedente en la vista que el próximo 12 de enero se celebrará contra los secuestradores del jugador de fútbol Enrique Castro Quini. En la causa judicial ahora sentenciada se analiza el caso protagonizado por Victoriano Llamas Carrasco y José Caro Fajardo, obreros de la construcción en paro, que el pasado 11 de enero asaltaron una joyería en Sabadell, llevándose un botín de más de siete millones de pesetas.En el transcurso del juicio oral el fiscal solicitó seis años de prisión para Llamas y once para Caro. Por su parte, el abogado defensor de ambos procesados invocó la situación de paro de los acusados. La sentencia, después de reconocer que los procesados "realizaron los hechos acuciados por las necesidades familiares, ya que ambos están en paro y tienen nueve y diez hijos, respectivamente", ha rebajado la condena a cuatro años y dos meses.
Esta sentencia ha sido dictada por la Audiencia de Barcelona cuando falta un mes para que se celebre el juicio contra los secuestradores de Quini. El defensor piensa utilizar este argumento como atenuante.
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