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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Las sentencias del 23-F

Por lo que yo conozco, en cualquier delito que se castiga, además de las penas de prisión, los tribunales fijan la cuantía de los costes e indemnizaciones que se han causado con el delito probado, condenando al pago de esos gastos, del patrimonio propio del culpable, como compensación material y moral del daño causado.Yo me pregunto: ¿Quién paga aquí los daños de la actuación delictiva? Porque si se contabilizan correctamente, habría que incluir, además de los costes directos, esto es, gasolina, pertrechos, horas extras de servicios que no tenían por qué haberse realizado y otros destrozos menores, los gastos inducidos en concepto de consumo de energía eléctrica, teléfonos, descenso de la productividad en todas las empresas del país durante varios días, costes de oportunidad (en pesetas/hora), del tiempo de muchas personas que libremente lo hubiesen empleado en otras actividades, y no digamos los daños morales y psíquicos que aun siendo difíciles de valorar, en muchos miles de personas sumarían muchos duros, totalizando todo ello un buen pellizco.

Insisto: ¿Será que aquí el que rompe no paga y tendremos que ser los de siempre los que, además de víctimas, paguemos los vidrios rotos? /

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