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Elecciones al Parlamento andaluz

Próxima elección de los presidentes del Parlamento y de la Junta

Con la elección del Parlamento de Andalucía se pone en marcha la máxima institución representativa del pueblo andaluz, a la que, según el Estatuto de Carmona, corresponde, entre otras muchas competencias, la potestad legislativa, el control de la acción del Consejo de Gobierno y la elección del presidente de la Junta por mayoría absoluta en primera votación y mayoría simple en la segunda o sucesivas. La primera decisión del Parlamento andaluz será la elección de su presidente, en el plazo máximo de quince días después de la proclamación de los resultados de las elecciones celebradas ayer.El primer acto del Parlamento andaluz será la constitución, dentro del plazo citado, bajo una Mesa de edad integrada por un presidente y dos secretarios, y se procederá inmediatamente a elegir la Mesa provisional, que estará compuesta por un presidente, dos vicepresidentes y dos secretarios. Para esta elección será aplicable con carácter supletorio el reglamento del Congreso de los Diputados.

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Un error en el censo impidió votar al delegado del Gobierno

En la elección de presidente del Parlamento andaluz, cada diputado escribirá solo un nombre en la papeleta y resultará elegido quien obtenga la mayoría absoluta, es decir, 55 votos. Si ningún diputado obtuviera esta mayoría, se repetirá la elección entre los que hayan alcanzado las dos mayores votaciones y resultará elegido el que obtenga más votos. Los dos vicepresidentes se elegirán simultáneamente. Cada diputado escribirá solo un nombre en la papeleta y resultarán elegidos, por orden sucesivo, los dos que obtengan mayor número de votos. En la misma forma, y en votación separada, serán elegidos los dos secretarios. Los empates se dirimirán mediante sucesivas votaciones sobre los candidatos igualados.

El segundo gran paso en la construcción institucional de la Comunidad autónoma andaluza será la elección del presidente de la Junta, quien, una vez elegido, será nombrado por el Rey y procederá a designar los miembros del Consejo de Gobierno y a distribuir entre ellos las correspondientes funciones ejecutivas. El Consejo de Gobierno responde políticamente ante el Parlamento de forma solidaria, sin perjuicio de la responsabilidad directa de cada consejero por su gestión.

Para la elección del presidente de la Junta de Andalucía, el presidente del Parlamento andaluz, previa consulta a los portavoces designados por los partidos o grupos políticos con representación parlamentaria, propondrá un candidato, quien presentará su programa al Parlamento. Para ser elegido, deberá obtener, en primera votación, mayoría absoluta, es decir, 55 votos. De no obtenerla, se procederá a una nueva votación cuarenta y ocho horas después de la anterior. La confianza se entenderá otorgada si obtuviera mayoría simple en la segunda o sucesivas votaciones.

En caso de no conseguirse dicha mayoría se tramitarán las propuestas de nuevos candidatos, por el mismo procedimiento. Si transcurre el plazo de dos meses, conitado a partir de la primera votación, sin que ningún candidato hubiera obtenido la mayoría, quedará designado presidente de la Junta el candidato del partido que tenga mayor número de escaños.

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