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El proyecto de asociación de clubes no está desarrollado

El Real Madrid entregó el pasado martes a los presidentes de Primera División, en la reunión que mantuvieron en la Federación Española, una copia del Proyecto de constitución de la Asociación Española de Clubes Profesionales de Fútbol, según el título del escrito. Se trata de un proyecto en el que solamente se enuncian algunas de sus ideas más generales. Falta desarrollar el proyecto en todos sus aspectos, tanto deportivos y jurídicos, como administrativos y de funcionamiento.

El texto íntegro del Proyecto de constitución de la Asociación Española de Clubes Profesionales de Fútbol es el siguiente:«Justificación:

Cada día es más evidente el carácter profesional de los equipos de fútbol. Los problemas que actualmente tienen planteados los clubes, tales como cuestiones laborales de los jugadores, aestiones sobre fiscalidad, participacion económica en quinielas, televisión, publicidad, comercialización, presupuesto racional.... sólo puede ser resuelto con el tratamiento empresarial adecuado a la finalidad que constituye su objeto. La Real Federación Española de Fútbol, en virtud de la reciente normativa, ha de limitarse al puro campo deportivo. Existencia de la Asociación de Juqadores. La faceta empresarial queda, por tanto, huérfana. Lo antes expuesto exige la constitución de una asociación que enfrente solidariamente esos problemas generales para resolver, mediante actuación conjunta y firmemente respaldada con la indiscutible potencia que supone la palanca asociativa. La asociación se presenta como una necesidad para aunar y hermanar intereses y objetivos disciplinarios y actuar de portavoz, tanto en el mundo deportivo propiamente dicho como en el extradeportivo o empresarial, que comprenderá facetas como la laboral, fiscal, mercantil...

Bases estatutarias

Denominación: Asociación Española de Clubes Profesionales de Fútbol, domicilio: Madrid; objeto:a) coadyuvar con la Federación Española en la consecución de los fines deportivos, b) elaborar las directrices v normas que sus asociados han de observar en el campo jurídico-empresarial, como puedeser contratación de jugadores y técnicos, régimen disciplinario, presupuestos, comercialización y difusión: c) posibilidad de establecer una bolsa de contratación de profesionales de fútbol, d) instar de los poderes públicos y de la Federación Española cuantos medios sean conducentes al mejor desarrollo del fútbol nacional, e) organizar y reglamentar las competiciones -Liga, torneos-, f) ejercer a través de su servicio jurídico una constante labor de asesoramiento de sus asociados en todas las materias que le afecten: g) ostentar la representación de sus asociados en toda clase de negociaciones o convenios generales o colectivos que hayan de celebrarse en cualquier tipo de materia laboral, jurídica, mercantil y deportiva.

Organos rectores

1. Asamblea general.2. Asambleas divisionarias.

3. Comité directivo.

Reglamento

La forma estatutaria y reglamentaria de alcanzar los objetivos enumerados; la regulación de los órganos citados de sus competencias respectivas; la Finalidad de los fondos de financiación y su dotación económica; las bases de contratación y sus ventajas y garantía; control presupuestario, así como el procedimiento fundacional a seguir para constituir la asociación que se deja propuesta, se han deja do fuera de esta síntesis del proyecto para su posterior elaboración, si la misma es aceptada».El presidente del Real Madrid considera que no es oportuno que su club dé a conocer el reglamento de la asociación, aunque lo tiene elaborado. Pablo Porta, en princi pio, se opone a la asociación siempre y cuando se constituya y funcione al margen de la Federación, a lo que asegura se oponen organismos internacionales como la FIFA y la UEFA. Se acusa al proyecto madridista de ser una copia de la Asociación de Clubes de Francia, a la que no se han opuesto hasta ahora dichos organismos internacionales, así como tampoco a las que funcionan en Inglaterra y la República Federal de Alemania.

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