Tribunal inferior
De acuerdo con el Real Decreto de Régimen Disciplinario, el próximo lunes, en el Consejo Superior de Deportes, en reunión de presidentes federativos, se propondrá a los miembros del Comité Superior de Disciplina Deportiva. Al margen del presidente y secretario que designa el propio CSD, tres de los miembros habrán de pertenecer a las juntas de Gobierno federativas y otros tres tendrán que ser ex deportistas o dirigentes de club. El apartado 3 del artículo 40 del citado decreto-ley dice que los miembros del máximo tribunal deportivo español deberán ser «doctores o licenciados en derecho preferentemente», pero algunas federaciones ofrecerán, como candidatos, a hombres que no son juristas.El Consejo Superior de Deportes, que ha de poner en marcha en breve espacio de tiempo todos los mecanismos legales que prevé la ley de la Cultura Física y el Deporte, tiene todo su interés en lograr del tribunal supremo deportivo un prestigio que hasta ahora no han tenido los estamentos similares de la casa.
El sistema previsto -sin embargo-, pese a su innegable buena intención, puede proporcionarnos la contradicción de que por decreto se creará un máximo tribunal de inferior categoría jurídica -de acuerdo con sus miembros- a otros tribunales actuales. Por ejemplo, los comités de Competición y Apelación de la Federación de Fútbol están compuestos, en su totalidad, por abogados del Estado. Una sentencia de éstos podría ser revocada, en el futuro, por hombres de buena fe pero sin formación jurídica alguna.
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