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El consejo del Banco de España regula las nuevas sociedades mediadoras en el mercado del dinero

El consejo ejecutivo del Banco de España, en su reunión del pasado día 9 de enero, ha aprobado las condiciones que deberán cumplir las sociedades mediadoras en el mercado del dinero (SMMD), a las que se acaba de conceder autorización para realizar determinadas operaciones.Esta autorización se concedió mediante diversas órdenes de los ministerios de Hacienda y Economía y Comercio, en las que se justificaba esta medida por la inexistencia de un auténtico y amplio mercado del dinero.

Según explica el propio Banco de España, la instrumentación de la política monetaria se ha visto obstaculizada por la extremada inestabilidad de los tipos de interés a corto plazo negociados en el mercado interbancario y añade que los agentes operantes en el mercado del dinero son muy escasos.

«Una reforma deseable de los actuales mercados monetarios», dice el banco emisor en una nota al respecto, «requiere la aparición de mercados secundarios fluidos para algunos de los activos, tanto públicos como privados, que podrían constituir una segunda línea de liquidez de los bancos y cajas».

Por estas razones, el Ministerio de Economía y Comercio y el Banco de España han optado por fomentar la creación y el desarrollo de un nuevo tipo de sociedades independientes, mediadoras entre las instituciones de crédito y los ahorradores, dedicadas a negociar por cuenta propia en el mercado de activos a corto plazo.

Este nuevo tipo de sociedades se diferencia de las ya existentes en que actúan por cuenta propia (asumen su propio riesgo), y que representan una especialización en la negociación de activos a corto plazo.

Estas sociedades deben cumplir los siguientes requisitos, según informa el Banco de España:

- Revestir la forma de sociedad anónima, con un capital mínimo de cien millones de pesetas.

- Tener como objeto social exclusivo en los estatutos la mediación en el mercado del dinero.

- El nombramiento de los miembros de los consejos de administración y de los cargos directivos de las SMMD deberán ser sometidos a aprobación previa del Banco de España. Deberán someterse además a inspecciones periódicas.

- El marco operativo de las sociedades mediadoras será el de certificados de depósito, letras de cambio libradas o avaladas por una entidad crediticia, aceptaciones bancarias y papel comercial, y bonos del Tesoro y certificados de depósito del Banco de España.

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