La presencia en el hogar de los hijos extramatrimoniales tendrá que ser "consentida" por los familiares
La permanencia en el hogar familiar de los hijos extramatrimoniales estará sometida al consentimiento del otro cónyuge y de los hijos matrimoniales mayores de catorce años, según fue aprobado ayer por el Pleno del Congreso de los Diputados, con la oposición de la izquierda. El debate sobre el proyecto de ley de modificación del Código Civil en materia de filiación, patria potestad y régimen económico del matrimonio se centró ayer en la impugnación de la filiación las relaciones paternofiliales y el régimen económico matrimonial, sin que prácticamente prosperara ninguna de las enmiendas de la oposición.
Uno de los textos más rebatidos por los grupos de la izquierda fue el siguiente, que obtuvo 140 votos favorables, 106 en contra y catorce abstenciones: «El hijo de casado, habido fuera del matrimonio, podrá vivir en el hogar conyugal del progenitor si lo consienten el cónyuge y los hijos matrimoniales mayores de catorce años que vivan en él». En nombre del Grupo Comunista, José Solé Barberá pidió la supresión de este texto, al que acusó de formulación folletinesca. Defendió la no degradación del Código Civil y la eliminación de distinciones entre los hijos de un mismo padre o madre. Ridiculizó la decisión de los hermanastros y aseguró que no existen argumentos reales para aprobar el texto citado.Por el Grupo Socialista, Vicente Sotillo se opuso a la parte del párrafo que alude al consentimiento de los familiares matrimoniales. Recordó que la patria potestad debe ejercerse en beneficio de los hijos, «y no de los padres o del qué dirán». Propugnó como solución la propia dinámica familiar sin necesidad de consentimientos de nadie.
El socialista catalán Josep Verde ofreció una enmienda transaccional -que, como las demás, también fue rechazada para plantear el problema del modo siguiente: «Si no lo prohíben el cónyuge o los hijos mayores de catorce años, el hijo del cónyuge casado puede vivir en el hogar conyugal». También fue rechazada la enmienda de la Minoría Catalana, defendida por Josep María Trías de Bes, quien abogó porque se solicitara también el consentimieno al otro progenitor ajeno al matrimonio.
Por el Gruro Centrista, José Luis Ruiz Navarro defendió el texto aprobado por la Comisión de Justicia y puntualizó que el consentimiento puede ser expreso o tácito, por lo que, en caso de no manifestarse en contra de la presencia del hijo extramatrimonial es presumible el consentimiento tácito. Criticó a los socialistas por no solucionar el problema y a la Minoría Catalana por incrementar excesivamente el número de consentimientos requeridos.
En relación con la patria potestad se aprobó un artículo según el cual al término de ésta, los hijos podrán exigir a los padres «la rendición de cuentas de la administración que ejercieron sobre sus bienes». Esta exigencia prescribirá a los cinco años.
No prosperó una enmienda socialista, según la cual se pretendía la responsabilidad solidaria de ambos cónyuges. El texto aprobado se limita a establecer que «en caso de pérdida o deterioro de los bienes, por dolo o culpa grave, responderán los padres de los daños y perjuicios sufridos».
Según otros textos, el padre o la madre podrán ser privados total o parcialmente de su potestad por sentencia, y los tribunales podrán, en beneficio e interés del hijo, acordar la recuperación de la patria potestad.
Corrección paterna moderada
Los hijos no emancipados están bajo la potestad del padre y de la madre -diferencia importante con la legislación vigente, que establece la patria potestad sólo al padre-, quienes habrán de ejercerla «en beneficio de los hijos, de acuerdo con su personalidad». Entre los deberes y facultades de los padres figuran los de velar por los hijos, tenerles en su compañía, alimentarles, educarles y procurarles una formación integral. Se añade que si los hijos tuvieren suficiente juicio «deberán ser oídos siempre antes de adoptar decisiones que les afecten».
Además de representar a los hijos y administrar sus bienes, los padres podrán también corregirles, pero el nuevo texto legal impone que ha de ser «razonable y moderadamente». El Grupo Centrista se opuso a la posibilidad de lo que Ruiz Navarro calíficó de «emancipación anticipada» por parte del juez al menor. Replicando al Grupo Comunista manifestó que en esta materia «cuanto menos intervenga el juez, mejor». Solé Barberá no quiso responder por estimar que la argumentación del diputado centrista le había dejado «anonadado».
El debate concluyó anoche con el estudio de los primeros artículos sobre el régimen económico matrimonial. El proyecto de ley, a falta de capitulaciones -acuerdos explícitos entre los cónyuges- o cuando éstas sean ineficaces, establece que el régimen será el de la sociedad de gananciales. Por los socialistas, Félix Pons se opuso a ello y defendió que el régimen supletorio sea el de participación, según el cual cada uno de los cónyuges adquiere derecho a participar en las ganancias obtenidas por su consorte
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