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El Consejo de Estado extenderá su función a las comunidades autónomas

El Consejo de Estado, tradicional órgano consultivo del Gobierno, extenderá su función a las comunidades autónomas, según una de las más significativas innovaciones que recoge el reglamento orgánico de este alto organismo, que ayer publicó el Boletín Oficial del Estado. Asimismo, el reglamento recoge que este órgano no tendrá vacaciones, decisión también prevista para los tribunales de justicia en el proyecto de ley orgánica del Poder Judicial, con lo que se evitará la paralización de numerosos asuntos jurídicos durante el mes de agosto.En el artículo tercero del reglamento citado -que consta de 144 artículos, una disposición transitoria y otra derogatoria- se establece que el Consejo de Estado «emitirá dictamen en cuantos asuntos sometan a su consulta el Gobierno o sus miembros, o las comunidades autónomas, a través de sus presidentes».

Los dictámenes del Consejo de Estado no serán vinculantes, salvo disposición expresa de ley. Los asuntos sobre los que dictamine el pleno del Consejo no podrán remitirse a informe de ningún otro cuerpo u órgano de la Administración del Estado.

El Consejo de Estado precede a todos los demás cuerpos de la Administración, después del Gobierno.

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